AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE
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Habiendo transcurrido el periodo para el que fue nombrado Juez de Paz Titular, se inicia el correspondiente procedimiento para el nombramiento de dicho cargo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 101º de la Ley 6/1985, de 1 de Julio, Orgánica del Poder Judicial, y 4º y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Los requisitos para ser Sustituto de Juez de Paz son:
- Ser español
- Mayor de edad
- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley 6/1985, siendo de aplicación el régimen de incompatibilidades de la Carrera Judicial de acuerdo con los artículos 389 a 397 de la citada Ley, si bien es posible compatibilizar el cargo con:
- La dedicación a la docencia o a la investigación jurídica
- El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
Presentación y plazo de instancias.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Corporación, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de la instancia será de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En Jadraque a 20 de Marzo de 2017. El Alcalde, Fdo: Alberto Domínguez Luis