CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA
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Mediante Resolución de la Presidencia del Consorcio de fecha 17 de febrero de 2017, se ha aprobado la convocatoria de selección para la contratación de Gerente del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara mediante contrato laboral de alta dirección, de acuerdo con las Bases que se adjuntan.
El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 17 de febrero de 2017. EL PRESIDENTE, Fdo.: José Manuel Latre Rebled.
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE GERENTE DEL CONSORCIO PARA LA GESTION DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA.
I. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la designación, garantizando los principios rectores del acceso al empleo público recogidos en los artículos 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), 37 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha (LEPCLM), 26 y 27 de los Estatutos del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara (ET), mediante contrato laboral de alta dirección, de gerente vacante en dicho Consorcio.
El régimen jurídico de la selección se regirá por las presentes bases, el artículo 13.2 TREBEP, artículo 32 bis y Disposición adicional duodécima de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de Alta dirección (DPAD), y el acuerdo del Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, de fecha 17 de febrero de 2015, por el que se aprueba la clasificación del Consorcio y se determinan las retribuciones máximas del puesto.
II. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO
- Denominación: Gerente del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara
-Tipo de contrato: El contrato a celebrar con el Gerente será de naturaleza laboral de alta dirección al amparo de lo previsto en el artículo 13 TREBEP, en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de Alta dirección (DPAD), en los Estatutos del Consorcio (ET) y demás normativa de aplicación.
-Duración del contrato y retribuciones: indefinida, con un periodo de prueba de seis meses.
Sus retribuciones al amparo de lo acordado por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, de fecha 17 de febrero de 2015, serán las siguientes:
-Retribuciones máximas:41.800,00.-€, clasificada
-Básicas: 38.000,00.-€ (90%).
-Complementarias (complemento variable): 3.800,00.-€ (10%).
Las retribuciones básicas se percibirán en catorce pagas iguales. La retribución complementaria (complemento variable), que retribuirá el cumplimiento de los objetivos previamente fijados, se liquidará de conformidad con lo que determinen las bases de ejecución de los presupuesto del Consorcio.
El incremento de estas retribuciones se ajustará a lo establecido en el artículo 21 del TREBEP.
Las indemnizaciones, por razón del servicio, se regularán conforme a lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, o norma que lo sustituya, quedando excluido por incompatible el cobro de las indemnizaciones por asistencias.
-Régimen de dedicación: Exclusiva. En el caso que un empleado público opte a la Gerencia deberá obtener, antes de la firma del contrato, la excedencia o situación que corresponda en el puesto de procedencia.
-Régimen de incompatibilidades: Conforme a lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de LRBRL y el artículo 16.1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, no podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad con el ejercicio de otras actividades.
-Régimen de declaraciones de actividades y bienes: Conforme a lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de LRBRL y el artículo 75.7 de LRBRL, el directivo formulará declaración de actividades y bienes.
Dichas declaraciones se publicarán en la sede electrónica o en la Web del Consorcio, cumpliéndose con las con las exigencias de publicidad activa derivadas de la normativa vigente en materia de transparencia.
-Exigencia de evaluación del desempeño: Con periodicidad mínimo anual, el órgano competente del Consorcio, con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión, previa audiencia del interesado, aprobará una evaluación de resultados del cargo directivo, que será motivada en relación con los objetivos fijados para el ejercicio.
-Funciones del puesto: Directivas profesionales, definidas en cada momento en los Estatutos del Consorcio, y que con sujeción a la legislación vigente garanticen la más adecuada gestión de los servicios públicos que éste preste.
-Nombramiento y cese: El Gerente será nombrado y cesado libremente por la Asamblea General a propuesta del Presidente.
-Extinción e indemnizaciones: La extinción del contrato de alta dirección no generará derecho alguno a integrarse en la estructura de la Administración Local de la que dependa el Consorcio, fuera de los sistemas ordinarios de acceso.
Supuestos de extinción:
a)Por voluntad del alto directivo: El contrato especial de trabajo se extinguirá por voluntad del alto directivo, debiendo mediar un preaviso mínimo de tres meses.
b)Por desistimiento del empresario: Comunicado por escrito, con un plazo máximo de antelación de quince días naturales.
-Indemnizaciones: En el supuesto de que la persona designada fuera funcionario/a de carrera o laboral fijo de una Administración Pública no recibirá indemnización alguna tal y como establece la Disposición adicional octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, y Disposición adicional duodécima de la LRBRL.
En el supuesto de que la persona designada no fuera funcionario/a de carrera o laboral fijo de una Administración Pública, su cese únicamente dará lugar a una indemnización de siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico que esté percibiendo en el momento del cese, con un máximo de seis mensualidades, excluidos los incentivos o complementos variables si los hubiere, conforme a lo previsto en la citada Disposición adicional octava de la Ley 3/2012.
III. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
1.- REQUISITOS GENERALES.
a)Tener la nacionalidad española.
b)También podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles:
- b1.- Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- b2.- Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- b3.-Los extranjeros con residencia legal en España.
c)Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.
d)Estar en posesión de titulación universitaria superior, o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá acreditarse la correspondiente homologación.
e)Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
f)No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g) Estar en posesión del permiso de conducir B y disponer de vehículo propio.
2.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.
Podrán participar indistintamente:
A) funcionario de carrera o personal laboral fijo de las Administraciones Públicas del Grupo A1, o equiparable, que reúnan los siguientes requisitos:
-Estar en situación de servicio activo.
-El personal en situación de excedencia deberá reunir los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes, debiendo acompañar a la documentación solicitud de reingreso al servicio activo y compromiso de ocupar el puesto en el supuesto de resultar seleccionado, en el plazo fijado para la firma del contrato.
B) Profesional del sector privado y acreditar más de cinco años de ejercicio profesional en el sector del medio ambiente, mediante cualquier documento admitido en Derecho.
La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos, será la del último día del plazo de presentación de solicitudes.
IV. PUBLICIDAD.
La convocatoria, sus bases y el consiguiente nombramiento se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara (B.O.P) y, para el resto de trámites del proceso selectivo, la publicidad se llevará a cabo en la página Web del Consorcio (www.cgruguadalajara.es).
V. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
1. Solicitudes.
Las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, se ajustarán al modelo que figura como Anexo I, y podrán ser descargadas desde la web del Consorcio (www.cgruguadalajara.es), deberán presentarse en el Registro General Auxiliar del Consorcio con sede en las dependencias provinciales sitas en la C/ Atienza nº 4, 6ª planta, 19003-Guadalajara, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, o en las demás oficinas públicas señaladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), en este último caso deberá comunicar el mismo día de su presentación en la siguiente dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., que se ha presentado la solicitud.
Se dirigirán al Sr. Presidente del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara, adjuntando los siguientes documentos:
- Fotocopia compulsada del D.N.I o pasaporte en vigor.
- Fotocopia compulsada de titulación exigida en la convocatoria.
- Currículum vitae firmado.
- Documentación acreditativa de los requisitos establecidos en la base III y de los méritos alegados en el currículum vitae, a través de original o copia compulsada.
-Memoria –máximo 5 folios escritos por una sola cara, en castellano, tipo de fuente “times new roman 12”, interlineado sencillo- firmada en todas sus hojas.
Respecto a la experiencia deberá acreditarse en todo caso mediante informe de vida laboral y contrato, certificación detallada de los servicios correspondientes en el sector público u otro medio que acredite la experiencia debidamente con las características de sus tareas y nivel de titulación exigido.
La presentación de la solicitud supone el compromiso de aceptación de las condiciones y requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, la falsedad en los datos proporcionados supondrá la eliminación del proceso selectivo.
2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de instancias será de DIEZ DIAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de convocatoria y sus bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara (en caso de que el último día sea inhábil, el plazo de presentación finalizará el siguiente día hábil).
3. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará acuerdo en el plazo máximo de cinco días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la página Web del Consorcio, se señalará un plazo de tres días hábiles para subsanación.
Serán excluidos los aspirantes que no reúnan los requisitos exigidos en las presentes bases, presenten su instancia fuera de plazo o no presenten la memoria a la que aluden las bases V y VII, dentro del plazo señalado para la presentación de instancias.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la página Web del Consorcio.
VI. COMISIÓN TÉCNICA DE VALORACIÓN.
La Comisión Técnica de Valoración designada por el Presidente del Consorcio estará integrada por cinco miembros, de los cuales, uno será el presidente, tres actuarán como vocales y uno como secretario del mismo, que actuarán con voz y voto, conforme se detalla:
PRESIDENTE:
-Titular: Lorenzo Ranera Ranera.
-Suplente: Juan José Álvarez García.
TRES VOCALES:
-Titular: Enrique Reus García –Bedoya.
-Suplente: Mª. Carmen Hernández Sánchez.
-Titular: Juan Antonio Corral Ochaita.
-Suplente: Antonio Santaolalla Martínez.
-Titular: Piedad Martín Martín.
-Suplente: José Javier Ruíz Ochayta.
SECRETARIO:
-Titular: Yolanda Lorente Díaz- Cardiel.
-Suplente: Carmen Villegas Bárcena.
La Comisión tendrá la consideración de órgano colegiado de la administración y, como tal, estará sometido a las normas contenidas en la LRJSP.
Asimismo, el mencionado órgano resolverá las dudas que se presenten para el buen orden del procedimiento de valoración, en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.
La Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, que actuarán con voz pero sin voto.
La Comisión incorporará al expediente propuesta a favor del candidato que haya obtenido mayor puntuación.
En virtud de lo previsto en el artículo 27 de los Estatutos del Consorcio, el Presidente elevará propuesta a la Asamblea General, para que ésta acuerde su nombramiento.
VII. MÉRITOS Y SU VALORACIÓN.
Méritos computables: Máximo 26 puntos, distribuidos en:
A) FORMACIÓN (máximo 3 puntos).
Cursos de formación y perfeccionamiento.
Por la realización o impartición de cursos de formación relacionados con el medioambiente, con un máximo de 3 puntos y de acuerdo con la siguiente escala:
*Por cursos de 20 a 50 horas: 0,20 puntos/curso.
*Por cursos de 50 a 100 horas: 0,40 puntos/curso.
*Másteres y cursos de más de 100 horas: 1 puntos/curso.
No se valorarán dos veces sobre la misma materia (salvo que quede acreditado que es sobre aspectos distintos), puntuándose el de mayor número de horas, ni los másteres que sean requisito para la obtención de la titulación superior y que es requisito general de acceso al proceso selectivo.
B) EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 18 puntos).
Experiencia profesional relevante en puestos con funciones de dirección, planificación, programación, informe o similares en las áreas de gestión de residuos, incluyéndose en este concepto las siguientes actividades: recogida, tratamiento, incluida las operaciones de valorización o eliminación, así como la vigilancia y control de estas operaciones.
-Por cada año de desempeño en puestos de trabajo en el sector público: 3 puntos por año.
-Por cada año de trabajo en puestos de trabajo en el sector privado: 2 puntos por año.
C) MEMORIA (máximo 5 puntos)
Consistirá en la presentación, junto con la instancia, de una memoria –máximo 5 folios escritos por una sola cara, en castellano, tipo de fuente “times new roman 12”, interlineado sencillo, - firmada en todas sus hojas; relativa a una análisis de las tareas del puesto a desempeñar, organización y planificación del trabajo en el mismo, y que contenga una propuesta de programa de formación ambiental, información, sensibilización y concienciación social en el ámbito de los residuos.
La convocatoria puede ser declarada desierta si ninguno de los candidatos reuniera los requisitos exigidos o no se alcanzará por los mismos la puntuación mínima de 12 puntos.
VIII. BOLSA DE TRABAJO.
Los aspirantes que habiendo superado el proceso selectivo no resulten objeto de nombramiento constituirán una bolsa de trabajo para futuros nombramientos por el orden de puntuación obtenida.
La integración en la bolsa de trabajo no da derecho a nombramiento alguno, salvo que por razones de necesidad o urgencia en el Consorcio, se proponga en nombramiento para cubrir la vacante.
IX. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO DE ALTA DIRECCIÓN.
El plazo para la formalización del contrato de trabajo de Alta Dirección deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
X. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, los datos personales podrán incorporarse y tratarse en fichero del Consorcio para el ejercicio de las funciones propias.
El personal del Consorcio y los miembros de la Comisión Técnica de Valoración, tendrán el deber de secreto respecto a los datos personales a que tenga acceso en el procedimiento.
XI. IMPUGNACIÓN.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, en base al artículo 123 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Presidente del Consorcio, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de este orden de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA).
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA PARA LA DESIGNACIÓN DE GERENTE DEL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE ALTA DIRECCION
DATOS PERSONALES:
NOMBRE |
PRIMER APELLIDO |
SEGUNDO APELLIDO |
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D.N.I. |
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES (Avda. Calle Plaza, etc.) |
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LOCALIDAD |
PROVINCIA |
CÓD. POSTAL |
TELÉFONO |
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CORREO ELECTRÓNICO |
FAX |
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DECLARACIÓN RESPONSABLE.
- Que conoce la convocatoria de selección para contratación del gerente del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara, mediante contrato de alta dirección, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara núm. _____, de fecha _________________.
- Que desea tomar parte en dicho proceso selectivo y manifiesta que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.
- Que Posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
- Que no he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Que estoy en posesión del permiso de conducir B y dispongo de vehículo propio.
SOLICITA: Ser admitido para tomar parte en dicha convocatoria.
_____________________, a ___ de ____________ de 2017.
(firma)
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
-Fotocopia compulsada del D.N.I o pasaporte en vigor.
-Fotocopia compulsada de titulación exigida en la convocatoria.
-Currículum vitae firmado.
-Documentación acreditativa de los requisitos establecidos en la base III y de los méritos alegados en el currículum vitae, a través de original o copia compulsada.
-Memoria –máximo 5 folios escritos por una sola cara, en castellano, tipo de fuente “times new roman 12”, interlineado sencillo- firmada en todas sus hojas.
ILMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PARA LA GESTION DE RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA