AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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Aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Marchamalo, en sesión ordinaria celebrada el día 07/02/2017, la modificación de las condiciones particulares de la Ordenanza de Edificación Semiextensiva de Vivienda Unifamiliar Adosada del Plan Parcial del sector de suelo urbanizable residencia SP.od.52, se hace público, de acuerdo con lo previsto en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para que por los interesados puedan presentarse reclamaciones o sugerencias, en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Marchamalo, a 9 de febrero de 2017. EL ALCALDE. Rafael Esteban Santamaría.