Boletín Oficial de la Provincia

Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Miércoles, 21 Septiembre 2016 10:27

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2691

PROTOCOLO DE CONVENIO «VISITAS A CASAS O LUGARES PARTICULARES QUE PUEDAN OFRECER UN VALOR AÑADIDO POR SU HISTORIA, SU BELLEZA, RIQUEZA CULTURAL, INTERÉS O ANTIGUOS MORADORES DE LA MISMA AL TURISMO DE LA CIUDAD Y CONSESIÓN DE «NOMBRE (LUGAR PRIVADO DE INTERÉS LOCAL O TURÍSTICO)»

Descargar pdf Anuncio

 

 

2691

 

 

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Sigüenza

Anuncio DE APROBACIÓN Inicial

PROTOCOLO DE CONVENIO «VISITAS A CASAS O LUGARES PARTICULARES QUE PUEDAN OFRECER UN VALOR AÑADIDO POR SU HISTORIA, SU BELLEZA, RIQUEZA CULTURAL, INTERÉS O ANTIGUOS MORADORES DE LA MISMA AL TURISMO DE LA CIUDAD Y CONSESIÓN DE «NOMBRE (LUGAR PRIVADO DE INTERÉS LOCAL O TURÍSTICO)»

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de 25 de julio de 2016, de aprobación inicial del Protocolo de Convenio «Visitas a Casas o lugares particulares que puedan ofrecer un valor añadido por su historia, su belleza, riqueza cultural, interés o antiguos moradores de la misma al turismo de la Ciudad y Concesión de «Nombre (Lugar privado de interés local o turístico)», cuyo texto se hace público como anexo a este anuncio para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Sigüenza a 13 de septiembre de 2016.– El Alcalde, José Manuel Latre Rebled.

Anexo

«- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

Es voluntad de este Ayuntamiento fomentar de todas formas posibles el turismo en nuestra Ciudad y consideramos que mostrar los lugares emblemáticos privados, sean casas o de otro tipo por parte de sus titulares puede contribuir a una mejor acogida de los que lleguen, a la recomendación a otros para que nos visiten y desde luego a continuar con la recuperación de nuestra Ciudad.

Pensamos que todavía quedan muchos lugares por seguir descubriendo en el municipio y poniéndolos a disposición del turista y esperamos que con este Protocolo se pueda conseguir.

El Ayuntamiento de Sigüenza, a través de la Concejalía de Turismo, desea fomentar las nuevas formas de turismo que se están dando en España con las visitas a propiedades particulares que reúnan algunas condiciones especiales, antiguas fábricas o viviendas de consagrados artistas que ya nos han abandonado como ya se está haciendo desde mucho tiempo en la Casa de Piedra de Alcolea del Pinar, El Palacio de Meirás en Sada, la Casa Batlló de Barcelona, las casas y los patios de Córdoba considerados Patrimonio de la Humanidad, las casas del Casco antiguo Toledo o Cuenca, los Palacios de Sevilla y la multitud de propiedades privadas donde de una forma u otra siguen residiendo sus dueños. Y con el fin de favorecer el acceso a los valores del patrimonio cultural, histórico, artístico y arqueológico o científico de nuestra Ciudad y municipio, y sin perjuicio del cumplimiento de dispuesto en el ar­tícu­lo 149.1.28.ª de la Constitución.

Constatada la existencia real en el municipio de Sigüenza desde colecciones a inmuebles que constituyen verdaderas obras de arte, los cuales podrían ser motivo de visita.

- SE REGULA EL SIGUIENTE PROTOCOLO.

Ar­tícu­lo 1. Catálogo e inscripción.

El Ayuntamiento abrirá un catálogo de Lugares privados visitables donde podrán adscribirse todas aquellas viviendas, fábricas, museos, bibliotecas u otros inmuebles de atractivo turístico por sus valores históricos, artísticos, culturales o naturales para ponerlos a disposición de los visitantes y dar un valor añadido al turismo de nuestro municipio. La inclusión en dicho catálogo provocará la formalización de un Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y los titulares del inmueble, el cual se sujetará a las cláusulas que van exponiéndose a continuación:

Ar­tícu­lo 2. Requisitos para la inclusión de lugar particular visitable:

a) Solicitud de inscripción, en el se adjuntará breve descripción de motivos por los cuales debiera estar en dicho catálogo y formar parte del conjunto de visitas de la ciudad o en su caso del municipio. Desde su panorámica, su historia, su belleza, riqueza o cualquier otra razón que puedan exponer los titulares de la misma (desde alguna antigua fábrica hasta una vivienda particular, o un espacio natural).

b) Acreditar la propiedad de la misma, mediante declaración responsable, y estar al corriente del pago en los impuestos municipales.

c) Horarios de apertura y cierre para la visita. Este podrá variar conforme demanda, siempre que sea comunicado a la propia Concejalía por escrito. El inmueble deberá de tener la salvedad de poder ser visitado fuera del horario propuesto por petición expresa del Ayuntamiento o según el número de visitantes que lo soliciten siempre y cuando no se entorpezca la vida familiar o privada del mismo. La excepción obligatoria no podrá exceder de más de cinco veces al mes aunque se podrá incrementar este umbral voluntariamente por el propietario de la vivienda de interés conforme a la demanda del turismo.

d) Deberá indicar y ser aprobado por el Ayuntamiento el importe a pagar por la entrada que se irá subiendo conforme marque el IPC, y deberá constar si en ese importe incluye algún material o atención a los visitantes. El precio podrá variar en el caso de ofrecer nuevos atractivos a los visitantes, como representaciones artísticas, música de época o de otro tipo.

e) En la puerta de acceso constarán el nombre dado al lugar, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa pública aplicable para la instalación de rótulos, los horarios así como un teléfono para que los grupos puedan solicitar una visita, siendo siempre los dueños quienes determinen si la visita es factible.

f) Se establecerá el número de visitantes por turno, ya que en todo «lugar visitable» se deberá conocer el aforo correcto para cada situación.

g) El lugar visitable deberá indicar claramente en las puertas las áreas no visitables o reservados por razones de privacidad.

h) El «Lugar privado visitable» llevará un libro de firmas y tendrá las respectivas hojas de reclamación.

i) En ningún caso «el lugar privado visitable» podrá tener funciones de restaurante, ofrecer fiestas o cualquier otra actividad que no sea la visita en sí misma, excepto si se trata de una bebida, dulce o recuerdo cortesía del lugar. Para dichas actividades se deberán obtener las autorizaciones preceptivas que correspondan.

Ar­tícu­lo 3. Derechos.

a) El Ayuntamiento, y siempre que esté en su mano, buscará subvenciones para ayudar con el mantenimiento del bien a proteger.

b) El Ayuntamiento, dentro de sus posibilidades, ofrecerá material publicitario (planos, folletos etc.) para el reparto entre los que visiten la casa o lugar privado recomendado.

c) El Ayuntamiento ofrecerá a través de su oficina de turismo todos los medios a su alcance para la publicidad conveniente del lugar.

d) El Ayuntamiento otorgará el nombre del lugar (en el caso de ser vivienda, pondrá vivienda, en el caso de ser fabrica pondrá fábrica, en el caso de ser panorámica pondrá panorámica, en el caso de ser patio pondrá patio y si fuese museo pondría museo, reservándose el calificativo dado para el propio Ayuntamiento) privado de interés local a quien cumpla y desee inscribirse como tal, con todos los requisitos, y siempre y cuando el inmueble goce de la calificación de bien de interés local, en otro caso a estos efectos el inmueble se calificará como lugar privado visitable de interés turístico.

e) El titular deberá acreditar que el inmueble objeto de visita total o parcialmente ofrece para la misma las condiciones de seguridad necesaria. A estos efectos la propiedad dispondrá al día de una póliza de responsabilidad civil, por daños o perjuicios a terceros.

f) El Convenio podrá resolverse en caso de:

1.- Desatención a los turistas.

2.- Por propio abandono del lugar.

3.- A petición de los propietarios.

4.- Por expiración del plazo de vigencia del convenio

5.- Por mutuo acuerdo».

Sigüenza a 13 de septiembre de 2016.– El Alcalde, José Manuel Latre Rebled.

 

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Sigüenza
Visto 1002 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00