Ayuntamiento de La Toba
4377
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de La Toba, adoptado en fecha 10 de octubre de 2014, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal:
Altas en aplicaciones de gastos |
|||
Aplicación presupuestaria |
Euros |
||
150 |
221 |
INCREMENTO |
2.700,00 |
CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS DEFINITIVOS EN APLICACIÓN |
52.001,42 |
||
Baja en aplicaciones de gastos |
|||
Aplicación presupuestaria |
Euros |
||
943 |
480 |
BAJA |
2.700,00 |
CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS DEFINITIVOS EN APLICACIÓN |
530,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En La Toba a 19 de noviembre de 2014.– El Alcalde, Julián Atienza García.