Ayuntamiento de Cifuentes
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipal Reguladora de la Limpieza y Vallado de Solares de Cifuentes, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 56 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Se modifica el artículo 14 a) de la Ordenanza Reguladora de la Limpieza y Vallado de Solares con la redacción que se recoge:
«Artículo 14.º. El vallado o cerramiento del solar se ajustará a las siguientes condiciones:
a) El vallado o cerramiento habrá de tener una altura máxima de 2,50 metros, salvo excepciones derivadas de la tipología del terreno y previo informe de los Servicios Técnicos municipales, debiendo seguir, si se trata de un solar colindante con la vía pública, la línea de edificación, entendiendo por tal la que señala a un lado y a otro de la calle o vía pública el límite a partir del cual podrá o deberán levantarse las construcciones.»
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Cifuentes a 18 de noviembre de 2014.– El Alcalde, José Luis Tenorio Pasamón.