Ayuntamiento de Alhóndiga
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APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE n.º 1/2014 TC, DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS AL PRESUPUESTO, MODALIDAD TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE DISTINTAS ÁREAS DE GASTO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Alhóndiga, adoptado en sesión plenaria extraordinaria de fecha 21 de octubre de 2014, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos |
|
Aplicación presupuestaria |
Importe |
450. 619 Administración General de Infraestructuras. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general |
2.800,00 |
CAPÍTULO VI INVERSIONES REALES |
2.800,00 |
TOTAL ALTAS EN GASTOS |
2.800,00 |
Bajas en aplicaciones de gastos |
|
Aplicación presupuestaria |
Importe |
338. 226 09 Fiestas populares y festejos. Actividades culturales y deportivas |
1.100,00 |
CAPÍTULO II GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS |
1.100,00 |
920. 131 Administración general. Laboral Temporal |
200,00 |
920. 160 00 Administración general. Seguridad Social |
1.500,00 |
CAPÍTULO I GASTOS DE PERSONAL |
1.700,00 |
TOTAL BAJAS EN GASTOS |
2.800,00 |
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación presupuestaria
Importe
450. 619 Administración General de Infraestructuras. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
2.800,00
CAPÍTULO VI INVERSIONES REALES
2.800,00
TOTAL ALTAS EN GASTOS
2.800,00
Bajas en aplicaciones de gastos
Aplicación presupuestaria
Importe
338. 226 09 Fiestas populares y festejos. Actividades culturales y deportivas
1.100,00
CAPÍTULO II GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
1.100,00
920. 131 Administración general. Laboral Temporal
200,00
920. 160 00 Administración general. Seguridad Social
1.500,00
CAPÍTULO I GASTOS DE PERSONAL
1.700,00
TOTAL BAJAS EN GASTOS
2.800,00
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.
En Alhóndiga a 17 de noviembre de 2014.– El Alcalde, César Parra Mayor.