Ayuntamiento de Marchamalo
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CREACIÓN FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Resultando que la gestión de los servicios municipales y el ejercicio de las funciones que el Ayuntamiento tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias, exige el tratamiento y gestión de gran cantidad de datos de carácter personal, lo que obliga a contar con los ficheros automatizados precisos a tales fines.
Considerando al respecto, lo establecido en el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En uso de las atribuciones que tengo conferidas por el art. 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por la presente RESUELVO:
PRIMERO.- Se crean los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Marchamalo, cuya denominación y características se recogen en el anexo a esta resolución.
SEGUNDO.- Proceder a la inscripción de los citados ficheros en el Registro General de Protección de Datos dependiente de la Agencia de Protección de Datos.
Anexo
Ficheros: Videovigilancia dependencias policía local.
Lo que se hace público a los efectos previstos en el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Marchamalo a 5 de febrero de 2015.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.





