Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda
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Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento para el 2015, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
GASTOS |
||
Capítulo |
Denominación |
EUROS |
1 |
Gastos del personal |
42.600,00 |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
82.600,00 |
3 |
Gastos financieros |
200,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
17.800,00 |
6 |
Inversiones reales |
19.800,00 |
TOTAL GASTOS |
163.000,00 |
|
INGRESOS |
||
Capítulo |
Denominación |
EUROS |
1 |
Impuestos directos |
87.550,00 |
2 |
Impuestos indirectos |
1.000,00 |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
37.300,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
22.000,00 |
5 |
Ingresos patrimoniales |
10.150,00 |
7 |
Transferencia de capital |
5.000,00 |
TOTAL INGRESOS |
163.000,00 |
PLANTILLA DE PERSONAL
A) PERSONAL FUNCIONARIO.
N.º de orden 1. Denominación de la plaza: Secretaría-Intervención.
N.º de puestos: 1.
Nivel de complemento de destino: 27
Titulación académica: Licenciatura Derecho.
Formación específica: Licenciatura Derecho.
Provisión: En propiedad.
Observaciones: En agrupación con Valdenuño Fernández y Valdepeñas de la Sierra.
B) PERSONAL LABORAL
N.º de orden 2. Denominación de la plaza: Operario de Servicios Múltiples.
N.º de puestos: 1.
Provisión: Contrato laboral.
Titulación académica: Estudios primarios.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En El Cubillo de Uceda a 20 de enero de 2015.– El Alcalde, Manuel Lara García.