Ayuntamiento de Torrejón del Rey
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MODIFICACIÓN PRESUPUESTO 2015
El Pleno del Ayuntamiento de Torrejón del Rey, en sesión ordinaria celebrada el 18 de febrero de 2015, acordó la aprobación de expediente de modificación de crédito 1/2015, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, con el siguiente detalle:
CRÉDITO EXTRAORDINARIO 1/2015
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Altas en aplicaciones de gastos |
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Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
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161 |
210 |
INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES (*) |
10.299,09 € |
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165 |
210 |
INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES (**) |
9.468,45 € |
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165 |
221.00 |
ENERGÍA ELÉCTRICA (***) |
41.345,67 € |
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TOTAL GASTOS |
61.113,21 € |
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(*) Mantenimiento y reparación de las redes públicas de abastecimiento de agua potable y saneamiento. (**) Mantenimiento y reparación de la red pública de alumbrado público. (***) Suministro de energía eléctrica |
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FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
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Altas en concepto de ingresos |
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Concepto |
Descripción |
Euros |
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870 |
REMANENTE TESORERÍA GASTOS GENERALES |
61.113,21 € |
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TOTAL INGRESOS |
61.113,21 € |
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No habiéndose presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicación íntegra de la modificación del presupuesto 2015.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Torrejón del Rey a 6 de marzo de 2015.– El Alcalde, Mario San Martín García.





