Ayuntamiento de Selas
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de la Comisión Gestora del Ayuntamiento de Selas reunida en Pleno el día 28 de abril de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en partidas de gastos |
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N.º |
Descripción |
Euros |
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153 |
619 |
Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general. |
6.454,59 € |
920 |
225 |
Tributos |
3.607,70 € |
338 |
226 |
Gastos diversos |
7.021,76 € |
920 |
461 |
A diputaciones |
2.400,00 € |
TOTAL INGRESOS |
19.484,05 € |
SEGUNDO. Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 36 del Real Decreto 500/1990, con cargo al remanente líquido de Tesorería.
Altas en concepto de ingresos |
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Estado de Ingresos |
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Concepto |
N.º |
Descripción |
Euros |
Remanente de tesorería |
870 |
Remanente de Tesorería |
19.484,05 € |
TOTAL INGRESOS |
19.484,05 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Selas a 11 de junio de 2015.– El Alcalde, Rogelio Torres López.