Ayuntamiento de Brihuega
1785
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
El Pleno del Ayuntamiento de Brihuega, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de marzo de 2015, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Sometido a información pública el acuerdo mediante inserción de anuncio en el BOP n.º 37, de 27 de marzo de 2015, no se han formulado alegaciones durante el plazo legalmente establecido, por lo que la modificación provisional deviene definitiva.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se da publicidad al contenido íntegro de la modificación definitivamente aprobada:
VIII. Modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Artículo 5.3.1.
Durante los dos ejercicios siguientes al de finalización del plazo de tres años definido en el apartado 1.2 de este artículo, disfrutarán de una bonificación del 25% en la cuota íntegra del impuesto las viviendas de protección oficial, cuando los propietarios acrediten, dentro del último año de disfrute de la bonificación indicada, que los ingresos familiares imputados en la última declaración de IRPF no excedían de 3,5 veces el salario mínimo interprofesional.
Artículo 5.3.2
Los sujetos pasivos que conforme a la normativa vigente ostenten la condición de titulares de familia numerosa a la fecha de devengo del impuesto, tendrán una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto.
Artículo 7.2: Tipo de gravamen: 0,54 bienes urbanos
En Brihuega a 27 de abril de 2015.– La Alcaldesa, Adela de la Torre de Lope.





