Consejería de Fomento
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Resolución de 20 de abril de 2015 de la Consejería de Fomento por la que se resuelve la información pública y se aprueba el proyecto de trazado Acondicionamiento de la carretera CM-200, del punto kilométrico 82+000 al 86+000. Tramo: Río Tajo - Almonacid de Zorita (Guadalajara). Expediente: CN-GU-14-206.
Mediante Resolución de 19 de diciembre de 2014, de la Secretaría General, publicada en el DOCM de 30 de diciembre de 2014, y en el BOP de Guadalajara de 23 de febrero de 2015, se ordenó la publicación del proyecto citado, a efectos de iniciar el periodo de información pública en materia de expropiaciones, a fin de que los titulares afectados pudieran solicitar la rectificación de posibles errores o formular las alegaciones que estimasen oportunas.
Visto el expediente de referencia y considerando,
1.º- Que se ha dado cumplimiento al trámite de información pública preceptuado en los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y en los artículos 17 y 18 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957.
2.º- Que la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación definitiva del proyecto de trazado, a la vista de las alegaciones presentadas y una vez efectuada la oportuna retención de crédito, y
3.º- De conformidad con la propuesta de la Secretaría General de esta Consejería de Fomento de fecha 13 de abril de 2015.
Acuerdo:
Resolver el expediente de información pública y aprobar definitivamente el proyecto de trazado sometido a información pública de la obra: Acondicionamiento de la carretera CM-200, del punto kilométrico 82+000 al 86+000. Tramo: Río Tajo - Almonacid de Zorita (Guadalajara), expediente: CN-GU-14-206, que contiene la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados con la descripción material de los mismos en planos de planta y parcelario.
Esta aprobación implica, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha, la declaración de utilidad pública y urgente ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos correspondientes a los fines de la expropiación, de ocupación temporal o modificación de servidumbres. Dichas declaraciones se referirán también a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en las modificaciones de las obras que puedan aprobarse posteriormente.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, y en lo que se refiere a la necesidad de ocupación, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Del mismo modo, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, según lo establecido en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Toledo, 20 de abril de 2015.– La Consejera de Fomento, Marta García de la Calzada.