Ayuntamiento de Valderrebollo
2610
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
A no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Valderrebollo sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Así el artículo 10 queda con la siguiente redacción:
- Artículo 10. Suspensión del servicio. El impago de los recibos emitidos dentro de los plazos establecidos al efecto, podrá dar lugar a la suspensión del servicio de recogida de basuras, mediante la retirada del correspondiente contenedor, siempre y cuando ello no afectase al servicio prestado al resto de contribuyentes, por ser dicho contenedor de uso exclusivo del deudor.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Valderrebollo a 25 de junio de 2015.– La Alcaldesa, M.ª Carmen Martínez Mayoral.