Ayuntamiento de Jadraque
3062
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre), se hace pública notificación de la resolución, no siendo posible la notificación de la resolución, no siendo posible la notificación en el último domicilio conocido, por la cual se inicia expediente de baja en el padrón de habitantes por inscripción indebida. El Decreto de Alcaldía 136/2015, de fecha 18 de agosto de 2015, se transcribe literalmente:
D. Alberto Domínguez Luis, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jadraque.
BAJA PADRÓN HABITANTES COMUNITARIOS
En virtud del artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia a los interesados.
Por todo ello, la Alcaldía-Presidencia, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:
PRIMERO: Iniciar expediente para proceder a dar de baja por inscripción indebida a:
Nombre y apellidos |
Periodo de caducidad |
Documento |
Mihai, Mariana |
08/01/2014 |
X08611008S |
Loor, María Margarita |
26/03/2014 |
Y00241018S |
Bota, Ileana Adriana |
23/02/2014 |
----------- |
Fanaca, Mihaela |
03/07/2014 |
Y0612737P |
Tahiri, Abdelmonaim |
16/02/2014 |
X03013952D |
Moldoveanu, Florentina Mimi |
05/10/2014 |
X07978001Z |
Skilov, Preslav Iliev |
22/09/2014 |
Y00206637L |
Menor cuyo tutor es Simon, Ioan Adrian |
03/01/2014 |
X8467475W |
Menor cuyo tutor es Plesculesei, Constantín Cristian |
09/04/2014 |
X8657357L |
Menor cuyo tutor es Coman, Ioan |
10/12/2014 |
X07349247B |
SEGUNDO: Notificar lo actuado a los interesados para que, en el plazo de 10 días, aporten cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes.
Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y presentar documentos, se dictará la oportuna resolución.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que el plazo máximo normativamente establecido para la resolución y notificación del procedimiento es de 3 meses, sin perjuicio de los supuestos legales de suspensión o ampliación de dicho plazo, o de caducidad, que se comunicará previamente.
En el caso de que no se produzca la resolución y notificación del procedimiento en el plazo antes señalado, se entenderá desestimada la solicitud.
Así lo manda el Sr. Alcalde, de lo que como Secretario doy fe, en Jadraque a 18 de agosto de 2015.
En Jadraque a 18 de agosto de 2015.– El Alcalde, Alberto Domínguez Luis.