Ayuntamiento de Arbancón
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Arbancón sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de Vivienda de Mayores, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«REDACCIÓN NUEVA DEL ARTÍCULO 22 DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA VIVIENDA DE MAYORES
La cuantía de la tasa reguladora en esta ordenanza se fija en la siguiente tarifa:
Residentes:
a) La cuota será el 75% de la renta normal del beneficiario.
b) Rendimiento de capital, el 75% de los beneficios bancarios con el límite del coste de la plaza.»
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Arbancón a 18 de agosto de 2015.– El Alcalde, Gonzalo Bravo Bartolomé.