Ayuntamiento de Marchamalo
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ANUNCIO
EXPEDIENTE DE SUPLEMENTOS DE CRÉDITO 3/2015
No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente 811/2015 de suplemento de créditos núm. 3/2015 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 2/12/2015, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Suplementos de crédito: |
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Progr. |
Econ. |
Descripción |
Crédito |
Suplemento. |
25003 |
Servicio depuración de aguas – Ayuntamiento de Guadalajara |
164.000,00 |
20.500,00 |
|
1650 |
22100 |
Suministro energía eléctrica. Alumbrado Público. |
129.000,00 |
26.000,00 |
TOTAL SUPLEMENTOS DE CRÉDITO |
46.500,00 |
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el artículo 36.1.b) del Real Decreto 500/1990, de 20 abril, con cargo a mayores ingresos y con bajas en los conceptos que se detallan a continuación:
Fuente de financiación: Mayores ingresos |
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Econ. |
Descripción |
Importe |
Importe a incorporar |
11600 |
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana |
162.298,37 |
40.000,00 |
Fuente de financiación: Bajas de créditos de otras partidas |
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Progr. |
Econ. |
Descripción |
Crédito Disponible |
Importe a detraer |
4910 |
22706 |
Mantenimiento Página Web |
12.274,00 |
6.500,00 |
Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOP, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, o bien recurso potestativo de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes, de conformidad con el art. 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
En Marchamalo, 23 de diciembre de 2015.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.