Ayuntamiento de Utande
4341
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Utande celebrado el 10 de noviembre de 2015, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de las Ordenanzas fiscales reguladoras de las Tasas por suministro de agua potable a domicilio y servicio de alcantarillado, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«“I.B.I. artículo 2.º 1.- El Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,60%.”
“1.ª) Tasa por Suministro municipal de agua potable a domicilio:
Se modifica el artículo 5 en lo referente a Consumo.
FIJAS Cuota de Servicio o mínimo de consumo hasta 100 m3: 30 €.
VARIABLES El resto: 0,40 € por m3.
2.ª) Tasa por Servicio de alcantarillado:
Se modifica el artículo 4. TARIFAS.
c) Cuota anual por conservación de la red de alcantarillado público 8 €.”
Quedando el resto de las Ordenanzas igual.»
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Utande a 22 de diciembre de 2015.– El Alcalde, Tomás Guerra Torrico.