Boletín Oficial de la Provincia

Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Miércoles, 04 Noviembre 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3623

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en Vía Pública y Mercadillo, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de Almoguera

 

3623

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en Vía Pública y Mercadillo, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

«Ar­tícu­lo 8.º- Procedimiento sancionador.

El procedimiento sancionador se tramitará en la forma y los plazos previstos por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora y por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ar­tícu­lo 9.º- Clases de infracciones.

Tendrán la consideración de infracciones las acciones y omisiones que contravengan lo establecido en la presente Ordenanza.

Los titulares de los puestos serán responsables de las infracciones a las disposiciones de esta Ordenanza que cometan ellos, sus familiares o asalariados que presten servi­cio en el puesto.

Las infracciones a esta Ordenanza pueden ser leves, graves y muy graves.

Se estimarán faltas leves:

1) Las discusiones o altercados.

2) La negligencia respecto al esmerado aseo y limpieza de las personas y puestos.

3) El no cumplimiento de las instrucciones dimanadas del personal del Ayuntamiento.

4) El comportamiento no reiterado a las buenas costumbres y normas de convivencia.

5) Arrojar las basuras al suelo y depositar los desperdicios o basuras en otros sitios que no sean los indicados por el Ayuntamiento, o hacerlo sin el envase apropiado.

6) Practicar la venta ambulante de mercadillo y de camión-tienda fuera del día establecido para ello, que es todos los lunes de 9 a 15 horas en la Plaza de España.

7) Usar megafonía por el término municipal como reclamo para la venta ambulante.

8) Cualquier otra infracción a lo dispuesto en este Reglamento que no esté calificada como falta grave.

Se estimarán faltas graves:

1) La reiteración de cualquier falta leve en el transcurso de un año desde la comisión de la primera.

2) No tener en sitio perfectamente visible los precios de los ar­tícu­los puestos a la venta.

3) Los altercados o alteraciones del orden público que, a juicio del Ayuntamiento, produzcan escándalo.

4) El desacato ostensible a las disposiciones o mandatos de la Corporación Municipal por medio de cualquiera de sus miembros o funcionarios componentes en esta materia.

5) Vender ar­tícu­los distintos de los autorizados en su concesión.

6) No estar en posesión del carné de manipulador de alimentos cuando la actividad que desarrolle así lo requiera.

7) La venta sin licencia o fuera de los lugares asignados al efecto.

Serán faltas muy graves:

1) La reiteración de faltas graves de cualquier naturaleza dentro del año.

2) El abandono injustificado de la parada durante un mes.

3) Impago de las tasas o exacciones que contempla la Ordenanza en el ar­tícu­lo 6 (3,00 € puesto/día).

Corresponde la imposición de las sanciones al Alcalde, a propuesta del Concejal Delegado responsable.

En todos los casos, la imposición de sanciones requerirá procedimiento previo, que será tramitado con las garantías que prevé la Ley de Procedimiento Administrativo, con audiencia al interesado.

Ar­tícu­lo 10.º- Sanciones.

1. Las infracciones leves se sancionarán con multa de hasta 750 €. La infracción leve de practicar la venta ambulante de mercadillo y de camión-tienda fuera del día establecido y la de usar la megafonía como reclamo de venta se sancionará con una multa de 250 €.

2. Las infracciones graves se sancionarán con multa de hasta 1.500 €.

3. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de hasta 3.000 €.

Disposición final primera.

En lo no previsto en esta Ordenanza se aplicará la Ley 2/2010, de 13 de mayo, de Comercio de Castilla-La Mancha; la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista; el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el Ejercicio de la Venta Ambulante o No Sedentaria; y la Normativa vigente en materia higiénico-sanitaria y protección del consumidor.

Asimismo, se han tenido en cuenta los principios recogidos en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servi­cios y su Ejercicio.

Disposición final segunda.

Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP y continuarán en vigor hasta su modificación o derogación expresas.»

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Almoguera a 21 de octubre de 2015.– El Alcalde, Luis Padrino Martínez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Almoguera
Visto 405 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00