Mancomunidad de Aguas del Sorbe
3349
Anuncio
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos de su general conocimiento los siguientes acuerdos adoptados en materia de delegaciones:
Conferidas por la Presidencia por Decreto n.º 95/2015 son las siguientes:
«PRIMERO.- Delegar parcialmente en el Vicepresidente la competencia de dirección, inspección e impulso de los servicios y obras de la Mancomunidad. En concreto se delega la concesión para todo el personal de los permisos y licencias que a continuación se detallan:
1. Vacaciones.
2. Enfermedad.
3. Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar hasta el primer y segundo grado de consanguinidad o afinidad.
4. Traslado de domicilio sin cambio de residencia.
5. Funciones sindicales o de representación.
6. Para concurrir a exámenes y demás pruebas definitivas de aptitud.
7. Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
8. Lactancia de hijo menor de 12 meses.
9. Nacimiento de hijos prematuros u hospitalizados a continuación del parto.
10. Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
11. Deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.
12. Asuntos particulares.
13. Por razón de matrimonio o formalización de parejas de hecho.
14. Guarda legal de menores de 12 años, mayor que requiera especial dedicación o persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida.
15. Cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
16. Por parto.
17. Adopción o acogimiento.
18. Por paternidad.
19. Por violencia de género.
20. Cuidado de hijo menor afectado por enfermedad grave.
21. Solicitudes de formación.
SEGUNDO.- Delegar parcialmente en el Vicepresidente la competencia de desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado. En concreto se delega:
2.1.- Autorizar y disponer del gasto hasta el 0,10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto de la Mancomunidad a excepción del gasto de personal.
2.2.- Reconocimiento de obligaciones.
2.3.- Ordenar los pagos.
TERCERO.- Delegar parcialmente en el Vicepresidente la competencia de ordenación de publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos de la Mancomunidad. En concreto se delega:
3.1.- Ordenar la publicación en boletines oficiales.
CUARTO.- Delegar en el Vicepresidente la firma de los documentos siguientes:
1.º- Visto bueno de las certificaciones de acuerdos del Pleno, de la Junta de Gobierno, de Presidencia y de las Resoluciones que dicte el Vicepresidente.
2.º- Visto bueno de las certificaciones de exposiciones públicas en tablones y boletines oficiales, así como cualquier otro certificado que corresponda expedir a la Secretaria-Intervención.
3.º- Comunicaciones de acuerdos y resoluciones que corresponda firmar a la Presidencia, así como los oficios de remisión a autoridades de documentación que obre expedientes (A excepción de oficios de liquidaciones de ingresos) y de documentación relativa a la gestión de expedientes administrativos.
4.º- Firma de anuncios que se hayan de publicar en tablones y boletines oficiales.
5.º- Requerimientos de documentación que se hayan de efectuar en cualesquiera expedientes que se tramiten en la Mancomunidad, así como autorizaciones para la consulta de expedientes, incluidos miembros de la Corporación, y por cualesquiera entidades.
6.º- En materia económica-financiera, sin que ello suponga la asunción de responsabilidades en la materia ya que estas recaerán en todo caso sobre el órgano de quien deriven los actos administrativos que originen los correspondientes documentos contables, se delega la firma de documentos contables siguientes:
- Documentos contables específicos del Presupuesto de Gastos del ejercicio corriente, ejercicios cerrados y en su caso, ejercicios futuros.
- Documentos contables específicos del Presupuesto de Ingresos del ejercicio corriente y de ejercicios cerrados.
- Documentos contables específicos de operaciones no presupuestarias del ejercicio corriente y de ejercicios cerrados.
- Documentos contables específicos de la contabilidad general: Asientos directos.
- Otros documentos contables: Relaciones contables, Mandamientos de Pago, anexos de múltiples aplicaciones, modificaciones presupuestarias, devolución de ingresos indebidos, órdenes de pago a justificar, etc.
7.º- Firma de transferencias bancarias, cargos en cuenta, cheques y cualquier otro documento en que se materialicen los movimientos y disposiciones de las cuentas bancarias.
8.º- Firma de documentación de cotización de seguros sociales y de documentación ante la AEAT.
QUINTO.- Delegar en los Jefes de Sección la firma de las contrataciones de mantenimiento correctivo y/o preventivo y contratación de suministros inferiores a 1.000 €, IVA excluido.»
En Guadalajara a 24 de septiembre de 2015.– El Vicepresidente PD, José Luis González León.