Ayuntamiento de Adobes
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Dando cumplimiento a lo acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Adobes, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2015, y a los efectos prevenidos en los artículos 15.1 y 17.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda con carácter provisional la aprobación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Los interesados legitimados a que se refiere el artículo 18 de la citada Ley podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que consideren oportunas. Dejando constancia de que en caso de no presentarse reclamaciones, los acuerdos provisionales, así como la correspondiente ordenanza fiscal, quedarán elevados automáticamente a definitivos.
Plazo de exposición al público y presentación de reclamaciones: Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lugar de presentación de reclamaciones: Secretaría de la Entidad.
Órgano ante el que se reclama: Pleno.
En Adobes a 29 de septiembre de 2015.– La Alcaldesa, Juana Jiménez Sánchez.