Ayuntamiento de El Casar
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Mediante Resolución de Alcaldía n.º 2015/0633 de fecha 7 de octubre de 2015, se aprobó la creación de los ficheros existentes en el Ayuntamiento y su inscripción en el Registro General de Protección de Datos. Lo que se publica a los efectos del artículo 20 y de la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA POR LA QUE SE CREAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL Ayuntamiento DE EL CASAR
ASUNTO: REGULARIZACIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL INCLUIDOS EN «GESTIONA»
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.
La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.
En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:
Primero.- Los ficheros del Ayuntamiento de El Casar serán los contenidos en el anexo de esta Resolución.
Segundo.- Se crea el fichero incluido en el anexo de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.
Tercero.- Los ficheros que se recogen en el anexo de esta Resolución, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
Cuarto.- En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra las presentes resoluciones cabe interponer recurso de reposición de carácter potestativo ante el mismo órgano que las ha dictado en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a contar ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de este edicto sin que puedan simultanearse ambos recursos. Asimismo, podrán los sancionados ejercitar cualquier otro recurso que consideren pertinente.
En El Casar, 8 de octubre de 2015.– El Alcalde, Jose Luis González Lamola.