Ayuntamiento de Cifuentes
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 15 de julio de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2015, modalidad de crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos |
|||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
943 |
46802 |
Transferencias EATIM Moranchel |
14.500,00 |
TOTAL GASTOS |
14.500,00 |
||
Anulaciones o bajas en aplicaciones de gastos |
|||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
011 |
35900 |
Comisiones por servicios bancarios |
2.500,00 |
153 |
16000 |
Seguridad Social personal mantenimiento |
7.500,00 |
231 |
13002 |
Retribuciones personal limpieza |
500,00 |
231 |
16002 |
Seguridad Social personal promoción social |
1.000,00 |
334 |
16003 |
Seguridad Social personal cultura |
1.500,00 |
341 |
22121 |
GLP Polideportivo |
500,00 |
912 |
23300 |
Asistencia a plenos y comisiones |
500,00 |
920 |
22201 |
Correos y gastos postales |
500,00 |
TOTAL GASTOS |
14.500,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad del acto o acuerdo impugnado
En Cifuentes a 25 de agosto de 2015.– El Primer Teniente de Alcalde (Delegación de funciones por Decreto 200/2015), Marco Antonio Campos Sanchís.