Ayuntamiento de Lupiana
3959
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Transcurrido el plazo de treinta días desde la publicación en el BOP de Guadalajara, n.º 122, de 9 de octubre de 2015, del anuncio por el que se hace público el acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la imposición y la Ordenanza fiscal reguladora de las Tasas por prestación del servicios y aprovechamiento especial del dominio público en el cementerio de Lupiana, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el expediente seguido al efecto, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto modificado se hace público como anexo a este anuncio, para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17.4 del Texto Refundido de la Ley de Reguladora de Haciendas Locales, y 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra este acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Anexo. Artículo 6 y disposición transitoria de la Ordenanza fiscal reguladora de las Tasas por prestación de servicios y aprovechamiento especial del dominio público en el cementerio de Lupiana.
Artículo 6.
«Donde dice: “A) Empadronados:
a) Concesión de fosas de tres cuerpos durante 50 años: 1.694 euros”.
Debe decir: “A) Empadronados:
a) Concesión de fosas de tres cuerpos durante 50 años: 1.270,50 euros”.
Donde dice: “A) Empadronados:
c) Concesión de fosas de dos cuerpos durante 15 años: 304 euros”.
Debe decir: “A) Empadronados:
c) Renovación de la concesión de fosas de tres cuerpos durante 20 años: 360 euros”.
En el apartado A), se suprime el párrafo que dice:
“Para las prórrogas de estas concesiones se aplicarán las tarifas supraescritas”.
Donde dice: “B) No empadronados:
a) Concesión de fosas de tres cuerpos durante 50 años: 3.388 euros”.
Debe decir: “B) No empadronados:
a) Concesión de fosas de tres cuerpos durante 50 años: 2.541 euros”.
Donde dice: “B) No empadronados:
a) Concesión de fosas de tres cuerpos durante 15 años: 304 euros”.
Debe decir: “B) No empadronados:
a) Renovación de la concesión de fosas de tres cuerpos durante 20 años: 360 euros”.
En el apartado B), se suprime el párrafo que dice:
“Para las prórrogas de estas concesiones se aplicarán las tarifas establecidas en el apartado A) de este mismo artículo”.
“Disposición transitoria. Esta rectificación tendrá efecto retroactivo, aplicándose a las sepulturas concedidas desde el 17 de abril de 2014”.»
Lupiana, 17 de noviembre de 2015.– La Alcaldesa, Blanca del Río Baños.





