Ayuntamiento de Valdepeñas de la Sierra
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Ayuntamiento de valdepeñas de la Sierra sobre transferencia de créditos n.º 2 entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:
BAJA en aplicaciones de gastos |
|||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
161 |
221 |
CONSUMO AGUA |
21.100,00 |
TOTAL GASTOS |
21.100,00 |
||
ALTAS en aplicaciones de gastos |
|||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
162 |
463 |
BASURAS-MANCOMUNIDAD CAMPIÑA ALTA |
200,00 |
338 |
226 |
CULTURA Y FESTEJOS |
8.200,00 |
153 |
619 |
OBRAS MUNICIPALES |
11.400,00 |
925 |
220 |
MATERIAL OFICINA |
300,00 |
912 |
230 |
DIETAS |
310,00 |
925 |
225 |
TASAS Y TRIBUTOS |
300,00 |
925 |
226 |
JURIDICOS Y PROTOCOLARIOS |
390,00 |
TOTAL GASTOS |
21.100,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Valdepeñas de la Sierra a 18 de enero de 2016.– La Alcaldesa, Ángeles Herrera López.