Ayuntamiento de Humanes
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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Humanes, adoptado en fecha 24 de noviembre de 2015, sobre modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de instalaciones deportivas municipales, cuyo texto íntegro que figura como Anexo se hace público, en cumplimiento del artículo 17 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).
Contra el presente acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del TRLRHL.
En Humanes a 27 de enero de 2016.– La Alcaldesa, M.ª Isabel Serrano Calleja.
Anexo:
TEXTO ÍNTEGRO DEL ACUERDO Provisional ELEVADO A DEFINITIVO
ACUERDO:
«PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Instalaciones Deportivas Municipales, con la redacción que a continuación se recoge:
1.º.- Apartado 1 del artículo 6.º: Cuota tributaria:
PABELLÓN CUBIERTO MUNICIPAL, mediante la inclusión del siguiente servicio y cuota:
• Utilización Pista por usuarios locales no federados sin iluminación: 15 €/hora.
• Utilización Pista sin iluminación por usuarios no locales: 20 €/hora.
• Utilización Pista con iluminación por usuarios no locales: 25 €/ hora.
• Utilización Pista con iluminación por usuarios locales no Federados: 20 €/hora.
• Bono para la utilización de pista por usuarios locales no federados (5 horas): 60 €.
• Bono para la utilización de pista por usuarios locales (20 horas): 225 €.
• Partido de competición de equipos locales federados: Gratuito.
• Otro tipo de actividades a realizar en la pista sin iluminación: 20 €/hora.
• Otro tipo de actividades a realizar en la pista con iluminación: 25 €/hora.
UTILIZACIÓN SALA DE GIMNASIOS: 25 €/mes/persona.
Uso solo de mañana: 15 €/mes/persona.
Bono 20 sesiones gimnasio personal: 35 €.
El Bono de 20 sesiones de Gimnasio Personal tendrá una caducidad de tres meses.
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
CUARTO. Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para suscribir los documentos relacionados con este asunto.