Ayuntamiento de Valdenuño Fernández
4178
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo, el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Valdenuño Fernández adoptado en fecha 21 de octubre de 2015, sobre modificación de la Ordenanza de vehículos sobre tracción mecánica, cuyo texto modificado se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
TEXTO AÑADIDO AL ARTÍCULO 3.
«3.2. BONIFICACIONES.
3.2.1. BONIFICACIÓN VEHÍCULOS HISTÓRICOS.
Se establece una bonificación del 100% a calcular sobre la base del impuesto, para todos los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si esta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación, o en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.»
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Valdenuño Fernández a 9 de diciembre de 2015.– El Acalde, Oscar Gutiérrez Moreno.





