Ayuntamiento de Tórtola de Henares
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ANUNCIO
APROBACIÓN DEFINITIVA
CUARTA MODIFICACIÓN DEL P.A.U. SECTOR 9/AR-9
De conformidad con lo establecido en el artículo 42.2 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, 157 del Reglamento de Planeamiento, y art. 101 del Reglamento de la Actividad de Ejecución Urbanística, en relación con lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que, por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión de 26 de agosto de 2014, se adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva es la siguiente:
Por el Sr. Presidente, se propone la aprobación definitiva de la Cuarta Modificación del Plan Parcial del Sector 9/AR-9 del P.O.M. de Tórtola de Henares, condicionada a la modificación de la Memoria informativa de la propuesta y la ficha resumen de la memoria justificativa, en la que se haga constar que el aprovechamiento urbanístico a considerar es de 0,4246 u.a./m2 y la densidad residencial 20,4 viviendas/ha, considerando que esta rectificación no tiene más alcance que la realización de un correcto cálculo de una operación aritmética.
Enterados los asistentes, tras deliberación, por unanimidad, que supone mayoría absoluta del número de miembros de esta Corporación Municipal, se acordó:
Aprobar definitivamente la Modificación del Plan Parcial del Sector 9/AR-9 del P.O.M. de Tórtola de Henares, condicionada a la modificación de la Memoria informativa de la propuesta y la ficha resumen de la memoria justificativa, en la que se haga constar que el aprovechamiento urbanístico a considerar es de 0,4246 u.a./m2 y la densidad residencial 20,4 viviendas/ha, considerando que esta rectificación no tiene más alcance que la realización de un correcto cálculo de una operación aritmética.
Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 6.3 del Reglamento del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de esta aprobación se remita certificación, al mismo, a través de la Consejería de Fomento, que se dará por enterada; así como al Agente Urbanizador que presentó el Plan Parcial y la Modificación aprobada.
Que se encuentra pendiente la inscripción en el Registro de Programas de Actuación Urbanística de la Consejería de Fomento.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, 157 del Reglamento de Planeamiento, y art. 101 del Reglamento de la Actividad de Ejecución Urbanística, en relación con lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, significándose que contra dicho acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.
Tórtola de Henares a 11 de febrero de 2016.– El Alcalde, Martín Vicente Vicente.