Ayuntamiento de Tórtola de Henares
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Tórtola de Henares sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de «Alojamiento y Prestación de otros Servicios Sociales en la Vivienda de Mayores» cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Texto íntegro de la modificación aprobada.
TARIFAS.
Artículo 4º.- La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza se fija en la siguiente TARIFA:
a) Residencia en la vivienda de mayores:
La cuota ordinaria será del 75% de la renta neta mensual del beneficiario al mes, considerando 14 pagas en el caso de percepción de subsidio, pensión, etc.
b) Servicio de comedor:
Servicio de comida y cena para no residentes 8,00 euros/ día.
Servicio de comida para no residentes 5,00 euros/ día.
Servicio de cena para no residentes 4,00 euros/día.
c) Servicio de lavandería y planchado:
Será gratuito para los residentes que lo necesiten y no se prestará a no residentes.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Tórtola de Henares a 17 de diciembre de 2015.– El Alcalde, Martín Vicente Vicente.