Ayuntamiento de Aranzueque
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Aranzueque sobre la modificación del artículo 7º, apartado segundo, de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de expedición de documentos administrativos, cuyo texto se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«Artículo 7. Tarifa.
La tasa a que se refiere esta Ordenanza se regirá por las siguientes tarifas:
CERTIFICACIONES Y COMPULSAS.
1. Certificaciones de Empadronamiento: 1 €.
2. Volantes de Empadronamiento: 0,50 €.
3. Certificados de Antigüedad:
- Viviendas: 150 €.
- Garajes, Bodegas, Anexos a Viviendas, Naves Agrícolas, Otras Construcciones: 60 €.
4. Compulsas (Cada Hoja): 0,50 €.
DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR LAS OFICINAS MUNICIPALES.
1. Fotocopias de documentos (Cada copia en A4): 0,10 €.
2. Fotocopias de documentos (Cada copia en A3): 0,20 €.
3. Remisión de faxes: Nacionales 1 €, internacionales 2 €».
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de CLM.
En Aranzueque a 4 de febrero de 2016.– La Alcaldesa, Raquel Flores Sánchez.