Mancomunidad Brihuega-Alaminos
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto general de la Mancomunidad para el 2016, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Gastos de personal |
5.313,61 |
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servicios |
129.630,48 |
CAPÍTULO 3: Gastos financieros |
0,00 |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
0,00 |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Inversiones reales |
0,00 |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
0,00 |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
0,00 |
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
0,00 |
TOTAL: |
134.944,09 |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Impuestos directos |
0,00 |
CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos |
0,00 |
CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos |
0,00 |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
134.894,09 |
CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales |
50,00 |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales |
0,00 |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
0,00 |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
0,00 |
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
0,00 |
TOTAL: |
134.944,09 |
PLANTILLA DE PERSONAL
FUNCIONARIOS |
||||
Puesto de trabajo |
Gr. |
Nivel |
Plaza |
Dedicación |
Secretario Interventor |
A1/2 |
- |
1 |
T. parcial Acumulación |
PERSONAL LABORAL |
||||
Puesto de Trabajo |
Gr. |
NIVEL |
Plaza |
Dedicación |
Auxiliar Administrativo |
C1/2 |
- |
1 |
T. parcial |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Brihuega a 16 de febrero de 2016.– El Presidente, Luis M. Viejo Esteban.