Sección de Archivos, Biblioteca y Fototeca
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ANUNCIO
Convocatoria de becas para la realización de prácticas en la Biblioteca de Investigadores y en el Archivo de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobadas en Junta de Gobierno de 24 de julio de 2013 y de conformidad con las siguientes Bases:
CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS BIBLIOTECARIAS
La Diputación Provincial de Guadalajara viene convocando becas para la realización de prácticas bibliotecarias desde el año 2002. Con ello se quiere reforzar la formación recibida en los distintos ciclos universitarios en materias relacionadas con el Patrimonio Bibliográfico. Dado que los resultados han sido muy satisfactorios en estos años, a la hora de actualizar las bases de datos de cara a la gestión y difusión de las fuentes de información de la Biblioteca de Investigadores, la institución convoca dos becas para la realización de prácticas bibliotecarias en la Biblioteca de Investigadores de la Diputación Provincial de Guadalajara, de acuerdo con las siguientes
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.- Se convocan dos becas para la realización de prácticas en la Biblioteca de Investigadores de la Provincia de Guadalajara.
2.- El objetivo de estas becas es complementar la formación recibida en los ciclos universitarios en materias bibliotecarias en su sentido más amplio y aplicar un proceso formativo en la labor cotidiana de dicho centro bibliotecario.
Segunda.- Destinatarios.
1.- Podrán participar en esta convocatoria las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser diplomado o licenciado universitario.
b) Poseer una formación básica en las técnicas de biblioteconomía que permitan su aplicación práctica a la biblioteca, como culminación del proceso formativo.
Tercera.- Dotación y características de las becas.
1.- La dotación de cada una de las becas será de 2.666 euros.
2.- Los becarios desarrollarán las prácticas durante tres meses, según la programación realizada por los responsables de la Biblioteca de Investigadores, una vez concluido el proceso de selección.
3.- La concesión de estas becas no supone relación laboral de ningún tipo ni de prestación de servicios entre los becarios y la Diputación Provincial de Guadalajara, constituyendo la formación del becario su finalidad primordial y única, ni dará lugar a la inclusión en régimen alguno de la Seguridad Social, si bien la Diputación Provincial contratará la cobertura de un seguro de accidentes para los becarios.
4.- El tiempo de formación (beca) no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en las administraciones públicas.
Cuarta.- Solicitudes y documentación.
1.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial (Plaza de Moreno, 10. 19001 Guadalajara, o Centro San José, c/ Atienza, 4, 19003 Guadalajara) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.- La solicitud se acompañará de una fotocopia compulsada de DNI, de la titulación académica y curriculum vitae, en el que se incluirán los datos a que hace referencia la base 5.2, estrictamente en ese orden, conteniendo así mismo fotocopia compulsada de la documentación invocada. Quedarán excluidos de valoración quienes no presenten la fotocopia compulsada del DNI y/o la titulación académica.
3.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Quinta.- Selección de los becarios.
1.- Para la selección de los becarios se constituirá una comisión de valoración integrada por la Presidenta de la Corporación o Diputado en quien delegue, la Secretaria de la Corporación o funcionario en quien delegue, un representante de cada grupo político de la Corporación y tres técnicos de la Sección de Archivos, Biblioteca y Fototeca de la Diputación Provincial.
2.- La comisión de valoración seleccionará a los becarios conforme al siguiente baremo:
2.1. TITULACIÓN ACADÉMICA
2.1.1.- Diplomado universitario: 2 puntos.
2.1.2.- Diplomado universitario en Biblioteconomía y Documentación: 3 puntos.
2.1.3.- Licenciado universitario: 3 puntos.
2.1.4.- Licenciado en Biblioteconomía y Documentación: 4 puntos.
La puntuación máxima a computar por titulación académica será de 8 puntos.
2.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
2.2.1- Cursos de Biblioteconomía y Documentación de hasta 100 horas, 0,25 puntos por curso.
2.2.2.- Cursos de Biblioteconomía y Documentación de más de 100 horas, 0,75 puntos por curso.
2.2.3.- Cursos de Ofimática cuyo contenido tenga una aplicación directa en las Bibliotecas o Centros de Documentación (Bases de Datos, etc.) de más de 20 horas, 0,10 puntos por curso.
La puntuación máxima a computar por formación complementaria será de 6 puntos.
2.3. EXPERIENCIA PROFESIONAL
2.3.1.- Contratos de trabajo o nombramiento como funcionario interino en bibliotecas y centros de documentación, 0,25 por mes.
2.3.2.- Becas en bibliotecas y centros de documentación, 0,15 puntos por mes.
2.3.3.- Cursos impartidos de Biblioteconomía, 0,04 por hora de clase.
No se valorarán en ningún caso los meses de prácticas cuando su realización sea requisito imprescindible para la obtención del título académico.
La puntuación máxima a computar por experiencia profesional será de 6 puntos.
2.4.- De producirse empate a puntos, este se resolverá a favor del que tenga mejor puntuación sucesivamente en el apartado de titulación, luego en el apartado de formación complementaria y, por último, en el apartado de experiencia profesional. De permanecer el empate, el orden se establecerá por la menor edad de los aspirantes.
3.- La Comisión señalada en la base 5.1 elaborará una relación de aspirantes, por orden de puntuación. Esta relación se hará pública en el tablón de anuncios de la Biblioteca de Investigadores de la Diputación Provincial.
Sexta.- Adjudicaciones de la becas.
1.- El órgano competente para resolver esta convocatoria será la Junta de Gobierno de Diputación Provincial, a propuesta de la comisión de valoración.
2.- Los aspirantes que no obtengan beca quedarán en lista de espera, a los efectos que se indican en la base 6.4.
3.- En base a la relación señalada en la base 5.3, la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial adoptará acuerdo con la lista de adjudicatarios de las becas, que se publicará en el tablón de anuncios de la Biblioteca de Investigadores (Centro San José, c/ Atienza, 4, 19003 Guadalajara y en el Palacio de la Diputación, Plaza de Moreno, 10, 19001 Guadalajara).
4.- De producirse alguna renuncia antes del inicio o durante el período de disfrute de las becas, las correspondientes vacantes se cubrirán, en orden sucesivo, con aquellos aspirantes que tuvieran la mayor puntuación después de los beneficiarios iniciales.
Séptima.- Obligaciones de los becarios.
Es obligación del becario:
a) Aceptar la beca por escrito, en plazo máximo de 5 días naturales a partir de la publicación de la resolución en el tablón de anuncios. No obstante, se comunicará telefónicamente o por email a los interesados seleccionados. Si no se produce la aceptación por escrito se entenderá que renuncia a la misma.
b) Desarrollar las tareas objeto de la beca que le sean encomendadas por los responsables de la Biblioteca de Investigadores, debiéndose adaptar a las normas de régimen interno, en caso contrario se podrá revocar la beca.
c) Realizar 20 horas semanales de prácticas en el horario que establezcan los responsables de la Biblioteca de Investigadores.
d) Cumplir las condiciones de la presente convocatoria.
Octava.- Abono de las beca.
1.- El abono de la beca se fraccionará en tres pagos, por periodos vencidos.
2.- En caso de producirse alguna renuncia antes del vencimiento señalado en la base 8.1. se abonará la parte proporcional al periodo disfrutado.
Novena.- Incumplimiento y reintegro de la beca.
El incumplimiento de lo establecido en las bases anteriores, facultará a la Diputación Provincial de Guadalajara a solicitar del becario correspondiente el reintegro de las ayudas concedidas.
CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ARCHIVÍSTICAS
La Diputación Provincial de Guadalajara viene convocando becas para la realización de prácticas archivísticas desde el año 2002. Con ello se quiere reforzar la formación recibida en los distintos ciclos universitarios en materias relacionadas con el Patrimonio Documental. Dado que los resultados han sido satisfactorios en estos años, la Institución convoca cuatro becas para la realización de prácticas en el Archivo de la Diputación Provincial de Guadalajara, de acuerdo con las siguientes
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.- Se convocan cuatro becas para la realización de prácticas en el Archivo de la Diputación Provincial de Guadalajara.
2.- El objetivo de estas becas es complementar la formación recibida en los ciclos universitarios en materias relacionadas con el Patrimonio Documental en su sentido más amplio y aplicar un proceso formativo en la labor cotidiana del Archivo como centro de Gestión Documental.
Segunda.- Destinatarios.
1.- Podrán participar en esta convocatoria las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser diplomado o licenciado universitario.
b) Poseer una formación básica en las técnicas archivísticas que permitan su aplicación práctica en el archivo, como culminación del proceso formativo.
Tercera.- Dotación y características de las becas.
1.- La dotación de cada una de las becas será de un máximo de 2.666 euros.
2.- Los becarios desarrollaran las prácticas durante tres meses, según la programación realizada por los responsables del Archivo de la Diputación Provincial una vez concluido el proceso de selección.
3.- La concesión de estas becas no supone relación laboral de ningún tipo ni de prestación de servicios entre los becarios y la Diputación Provincial de Guadalajara, constituyendo la formación del becario su finalidad primordial y única. Ni dará lugar a la inclusión en régimen alguno de la Seguridad Social, si bien la Diputación Provincial contratará la cobertura de un seguro de accidentes para los becarios.
4.- El tiempo de formación (beca) no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en las administraciones públicas.
Cuarta.- Solicitudes y documentación.
1.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial (Plaza de Moreno, 10, 19001 Guadalajara y en el Centro San José, c/ Atienza, 4, 19003 Guadalajara) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.- La solicitud se acompañará de una fotocopia compulsada del DNI, de la titulación académica y curriculum vitae, en el que se incluiran los datos a que hace referencia la base 5.2, organizados en ese orden, conteniendo así mismo fotocopia compulsada de la documentación invocada. Quedarán excluidos de valoración quienes no presenten la fotocopia compulsada del DNI y/o la titulación académica.
3.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente a la Publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Quinta.- Selección de los becarios.
1.- Para la selección de los becarios se constituirá una comisión de valoración integrada por la Presidenta de la Corporación o Diputado en quien delegue, la Secretaria de la Corporación o funcionario en quien delegue, un representante de cada grupo político de la Corporación y tres técnicos de la Sección de Archivos y Bibliotecas de la Diputación Provincial.
2.- La comisión de valoración seleccionará a los becarios conforme al siguiente baremo:
2.1. TITULACIÓN
2.1.1.- Diplomado universitario: 2 puntos.
2.1.2.- Licenciado universitario: 3 puntos.
2.1.3.- Masters o títulos propios universitarios específicos de Archivística o Gestión Documental: 2 puntos.
La puntuación máxima a computar por titulación será de 5 puntos.
2.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
2.2.1- Cursos de Archivística de hasta 100 horas, 0,25 puntos por curso.
2.2.2.- Cursos de Archivística de más de 100 horas, 0,75 puntos por curso.
2.2.3.- Cursos de Paleografía, Diplomática e Historia de las Instituciones, de más de 20 horas, 0,10 puntos por curso.
2.2.4.- Cursos de Ofimática cuyo contenido tenga una aplicación directa en los archivos (bases de datos, etc.) de más de 20 horas, 0,10 puntos por curso.
La puntuación máxima a computar por formación complementaria será de 4 puntos.
2.3. EXPERIENCIA PROFESIONAL
2.3.1.- Contratos de trabajo en Archivos, 0,25 puntos por mes.
2.3.2.- Becas en Archivos, 0,15 puntos por mes.
2.3.3.- Cursos impartidos de Archivística, 0,04 por hora de clase.
No se valorarán en ningún caso los meses de prácticas cuando su realización sea requisito imprescindible para la obtención del título académico.
La puntuación máxima a computar por experiencia profesional será de 3,5 puntos.
2.4.- De producirse empate a puntos, este se resolverá a favor del que tenga mejor puntuación sucesivamente en el apartado de titulación, luego en el apartado de formación complementaria y, por último, en el apartado de experiencia profesional. De permanecer el empate, el orden se establecerá por la menor edad de los aspirantes.
3.- La comisión señalada en la base 5.1 elaborará una relación de aspirantes por orden de puntuación. Esta relación se hará pública en los tablones de anuncios de la Diputación Provincial y del Archivo de la Diputación.
Sexta.- Adjudicaciones de la becas.
1.- El órgano competente para resolver esta convocatoria será la Junta de Gobierno de Diputación Provincial, a propuesta de la comisión de valoración.
2.- Los aspirantes que no obtengan beca quedarán en lista de espera, a los efectos que se indican en la base 6.4.
3.- En base a la relación señalada en la base 5.3. la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial adoptará acuerdo con la lista de adjudicatarios de las becas, que se publicará en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial y en el Archivo de la Diputación (Centro San José).
4.- De producirse alguna renuncia antes del inicio o durante el período de disfrute de las becas, las correspondientes vacantes se cubrirán, en orden sucesivo, con aquellos aspirantes que tuvieran la mayor puntuación después de los beneficiarios iniciales.
Séptima.- Obligaciones de los becarios.
Es obligación del becario:
a) Aceptar la beca por escrito en plazo máximo de 5 días naturales a partir de la publicación de la resolución en el tablón de anuncios. No obstante, se comunicará telefónicamente y por email a los interesados seleccionados. Si no se produce la aceptación por escrito se entenderá que renuncia a la misma.
b)Desarrollar las tareas objeto de la beca que le sean encomendadas por los responsables del Archivo de la Diputación Provincial de Guadalajara, debiéndose adaptar a las normas de régimen interno, en caso contrario se podrá revocar la beca.
c) Realizar 20 horas semanales de prácticas en el horario que establezcan los responsables del Archivo.
d) Cumplir las condiciones de la presente convocatoria.
Octava.- Abono de las becas.
1.- El abono de la beca se fraccionará en tres pagos, por periodos vencidos.
2.- En caso de producirse alguna renuncia antes del vencimiento señalado en la base 8.1, se abonará la parte proporcional al periodo disfrutado como becario.
Novena.- Incumplimiento y reintegro de la beca.
El incumplimiento de lo establecido en las bases anteriores, facultará a la Diputación Provincial de Guadalajara a solicitar del becario correspondiente el reintegro de las ayudas concedidas.
Guadalajara, 26 de julio de 2013.– La Presidenta, Ana Guarinos López.