Ayuntamiento de Gualda
4383
ANUNCIO
En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el acuerdo provisional de:
- ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
Que fue adoptado por la junta vecinal en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2013.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del RDL citado podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a) Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Oficina de presentación: Ayuntamiento
c) Órgano ante el que se reclama: Junta vecinal.
En Gualda a 30 de septiembre de 2013.– La Alcaldesa, M.ª Ángeles Remón Fernández.