Ayuntamiento de Alarilla
5329
Anuncio
El Pleno del Ayuntamiento de Alarilla, en sesión plenaria celebrada el día 22 de noviembre de 2013, acordó la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de distribución de agua.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua, con la redacción que a continuación se recoge:
“Artículo 6:
Punto 3.- Cada contador tendrá una cuota fija de 30,00 € anuales, a lo que habrá que añadir el consumo, en caso que lo hubiera”.
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales, los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
En Alarilla a 22 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Juan Fco. Asenjo Jabregal.





