Ayuntamiento de Marchamalo
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No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede de conformidad con el artículo 54.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la notificación de la resolución de Alcaldía de fecha 21 de octubre de 2013, y cuyo tenor literal es el siguiente:
“Atendiendo a los artículos 54 y 62 del Reglamento de Población, el Consejo de Empadronamiento comunica a los Ayuntamientos la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción patronal cada dos años. Esto es, ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario (por ser familiares de comunitarios) y aquellos que tienen autorización de residencia permanente. Estas comprobaciones se realizarán cuando no se hayan producido movimientos en un periodo de cinco o dos años, dependiendo si están inscritos en el Registro Central de Extranjeros o no.
Ante la falta de respuesta al requerimiento de este Ayuntamiento para que confirmara su residencia en este municipio, y en virtud del artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, según el cual los Ayuntamientos darán de baja de oficio por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos del artículo 54 de este Reglamento, y una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado, a tal efecto VENGO EN RESOLVER:
PRIMERO.- Que se inicie expediente para determinar si procede dar de baja por inscripción indebida a las personas que se relacionan a continuación.
SEGUNDO.- Notificar el acuerdo a los interesados para que en el plazo de diez días aporten cuantas alegaciones, documentos o justificantes estimen oportunos, al objeto de acreditar que en es en este municipio donde residen de forma real y efectiva.”
Contra este acuerdo podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación o contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrá utilizar, no obstante, otros recursos si lo estimase oportuno.
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Apellidos y nombre |
Fecha de nacimiento |
Doc. Identidad Extr. |
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YUMER NEHATOV BOSHNAKOV |
27/10/1984 |
X9526443G |
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EMERSON SALINO |
12/12/1975 |
X9479948S |
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OTILIA POP |
25/03/1978 |
X4946296P |
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CARMEN RIZEA |
19/02/1973 |
X7971026P |
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GHEORGHE TOMUZA |
27/01/1980 |
X8657915W |
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ADRIANA CAITANU |
28/05/1983 |
X8396343D |
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VASILICA CAITANU |
03/11/1977 |
X8396309K |
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EMANOIL OPREA |
21/05/1974 |
X8076616M |
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LUCICA OPREA |
16/05/1973 |
X8076657T |
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MARIUS CARABET |
22/02/1973 |
X5799654C |
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YAUMARA ZAYAS |
07/09/1974 |
X8051281Q |
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DANIEL BORDEA |
01/01/1969 |
X7714231P |
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ANA STEFANCU |
23/01/1978 |
X5749140Z |
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ION HOJDA |
27/02/1976 |
X6512453A |
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Iniciales del Menor R.E.H. Apellidos y nombre del representante legal: HORJCEANU, RADU-DAN |
26/07/2011 |
X8667208A |
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Iniciales del Menor R.I.R. Apellidos y nombre del representante legal: RICEA, CARMEN |
20/02/2003 |
X7971026-P |
Marchamalo a 28 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.





