Ayuntamiento de Valdeavellano
5531
anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
A efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el 177.2 de la mencionada Ley, y el artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en relación con el artículo 38.2 de esta misma norma, se hace público que por el Pleno de este Ayuntamiento, con fecha 23 de octubre de 2013, se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos 1/2013, modalidad crédito extraordinario y suplementos de créditos (publicado en el BOP núm. 133, de 6 de noviembre de 2013) que afecta al vigente presupuesto y que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo.
Este expediente presenta el siguiente resumen:
ESTADO DE GASTOS |
ESTADO DE INGRESOS |
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APLICACIONES QUE SE CREAN |
FINANCIACIÓN |
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APLICACIÓN. DENOMINACIÓN |
CUANTIA € |
APLICACIÓN. DENOMINACIÓN |
CUANTIA € |
1.1.3. Servicios públicos básicos. Personal laboral |
23,13 |
87. REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES |
76.269,26 |
1.6.3. Servicios públicos básicos. Inv. de reposición asoc. al funcionamiento op. de los servicios. |
25.079,00 |
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3.6.2. Producción de bienes públicos de carácter preferente. Inv. nueva asoc. al funcionamiento op. de los servicios. |
51.167,13 |
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TOTAL EN AUMENTO |
76.269,26 |
TOTAL EN DISMINUCIÓN |
76.269,26 |
APLICACIONES QUE SE SUPLEMENTAN |
FINANCIACIÓN |
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APLICACIÓN. DENOMINACIÓN |
CUANTIA € |
APLICACIÓN. DENOMINACIÓN |
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1.2.2. Servicios públicos básicos. Material, suministros y otros |
16.000,00 |
87. REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES |
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1.2.3. Servicios públicos básicos. Indemnización por razón del servicio |
164,00 |
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1.2.3. Servicios públicos básicos. Trabajos realizados por AAPP y otras ent. |
943,44 |
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1.6.2. Servicios públicos básicos. Inversión nueva asoc. al func., operativo de los servicios. |
11.129,00 |
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TOTAL EN AUMENTO |
28.236,44 |
FINANCIACIÓN |
28.236,44 |
TOTAL MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS EN AUMENTO |
104.505,70 |
TOTAL MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS EN DISMINUCIÓN |
104.505,70 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de abril, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP.
Sin perjuicio de ello, conforme a lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Valdeavellano, 3 de diciembre de 2013.– EI Alcalde, Francisco Campos Calvo.