Ayuntamiento de Chiloeches
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 16 de marzo de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2015.
Suplemento de crédito |
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Partida |
Denominación |
Modificación |
171.22703 |
Servicios públicos básicos. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales. |
8.200,00 |
Total suplemento de crédito |
8.200,00 |
El importe de la modificación de crédito asciende a 8.200,00 euros y se financia con cargo al Remanente de Tesorería paga gastos generales resultante de la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2014.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Chiloeches, documento firmado electrónicamente.
El Alcalde.