Ayuntamiento de Yebes
4872
Anuncio
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de fecha 20 de noviembre de 2014, sobre la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 5/2014, en la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a distinta área de gasto, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones presupuestarias de gastos |
||
Área de gasto/Capítulo |
Concepto |
Importe |
3/2 |
Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos corrientes en bienes y servicios |
50.000,00 |
TOTAL |
50.000,00 |
|
Bajas en aplicaciones presupuestarias de gastos |
||
Área de gasto/Capítulo |
Concepto |
Importe |
1/2 |
Servicios públicos básicos. Gastos corrientes en bienes y servicios |
50.000,00 |
TOTAL |
50.000,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Yebes a 19 de diciembre de 2014.– El Alcalde, José Joaquín Ormazábal Fernández.