Ayuntamiento de Villares de Jadraque
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villares de Jadraque sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El Pleno de este Ayuntamiento, reunido en sesión ordinaria de fecha 9 de octubre de 2014, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
«Aprobar por unanimidad de los miembros de la Corporación la modificación del tipo impositivo que grava los bienes de naturaleza urbana, concretamente el apartado 1 del artículo 11 de la Ordenanza Municipal, quedando redactado del modo que sigue: «Artículo 11. TIPO DE GRAVAMEN: apartado 1. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes de naturaleza urbana serán del 0,45%».
Asimismo se acordó que la nueva redacción del Artículo 11, apartado 1. TIPO DE GRAVAMEN de la Ordenanza Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles es la que sigue:
1. «Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,45%».
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Villares de Jadraque a 11 de diciembre de 2014.– El Alcalde, José Antonio López García.





