Ayuntamiento de Valverde de los Arroyos
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En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo de ordenación y aprobación provisional de la ordenanza siguiente:
- Ordenanza fiscal reguladora del comercio ambulante en Valverde de los Arroyos.
Los interesados legítimos que hace referencia el artículo 18 de la citada ley podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, tanto contra el acuerdo de imposición del tributo como contra el de aprobación de la ordenanza con sujeción a las normas que se indican a continuación
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En Valverde de los Arroyos a 3 de diciembre de 2014.– El Alcalde, José Luis Bermejo Mata.