Ayuntamiento de Santiuste
4587
SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Santiuste adoptado en fecha 13 de octubre de 2014, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente liquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
161 |
623 |
Maquinaria, instalaciones |
1.700 |
|
165 |
619 |
Alumbrado público, eficiencia energética |
2.600 |
|
TOTAL GASTOS |
4.300 |
FINANCIACIÓN:
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería en los siguientes términos:
Altas en concepto de ingresos |
|||
Concepto |
N.º |
Descripción |
Euros |
870 |
Remanente de tesorería gastos generales |
4.300 |
|
TOTAL INGRESOS |
4.300 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Santiuste a 1 de diciembre de 2014.– La Alcaldesa, M.ª Victoria Ortega Gómez.