AYUNTAMIENTO DE PIOZ
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Advertido Error en el artículo 14 del Convenio Colectivo del ayuntamiento de Pioz publicado en el BOP de Guadalajara nº 244 de fecha 27 de diciembre de 2023
Donde dice.
j) Permiso por parto: Su duración es de 16 semanas ininterrumpidos, ampliables hasta dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo y, por cada hijo a partir del segundo, en los supuestos de parto múltiple. El permiso se distribuirá a opción de el/la trabajador/a siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de los progenitores, el otro podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de parte que reste del permiso. Las vacaciones anuales podrán acumularse a este período.
Debe decir
Articulo 14
j) Permiso por parto: Su duración es de 6 meses ininterrumpidos, ampliables hasta dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo y, por cada hijo a partir del segundo, en los supuestos de parto múltiple. El permiso se distribuirá a opción de el/la trabajador/a siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de los progenitores, el otro podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de parte que reste del permiso. Las vacaciones anuales podrán acumularse a este período.
En Pioz, a 4 de enero de 2024. Fdo. El Alcalde-Presidente, Manuel López Carvajal.