Ayuntamiento de Marchamalo
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CORRECCIÓN DE ERRORES
Advertido error material en la publicación de la Ordenanza particular de la edificación semiextensiva de viviendas unifamiliares adosadas, de aplicación al sector de suelo urbanizable residencial, SP.od.54 del PGOU, en el Boletín Oficial de la Provincia, núm. 77, de 28/06/2006, respecto del documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 15 de julio de 2003.
De acuerdo con lo establecido en el art. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se procede a su corrección, en los siguientes términos:
Pág. 7. Primer párrafo.
Donde dice:
- Retranqueo a calle (m.l.): 3,00.
- Retranqueo a fondo (m.l.): 5,00.
Debe decir:
- Retranqueo a calle (m.l.): 2,00.
- Retranqueo a fondo (m.l.): 3,00.
Marchamalo a 14 de diciembre de 2015.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.