Ayuntamiento de Cabanillas del Campo
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Corrección de errores
Advertidos errores en el texto del acuerdo de la Alcaldía de 24 de octubre de 2013 (BOP de Guadalajara n.º 133, de 6 de noviembre de 2013), por el que se hace pública la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 39, donde dice:
1.º) “Anuncio de información pública. Aprobado, por Resolución de Alcaldía de fecha 23 de octubre de 2013, la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal de este Ayuntamiento especificados en los siguientes anexos, se somete a información pública, de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 10 diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 52 y concordantes del RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley”,
Debe de decir:
“Anuncio: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el artículo 52 y siguientes del RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley, se hace pública la resolución de la Alcaldía de 23 de octubre de 2013, por la que se acuerda la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal que se especifican, mediante su reproducción íntegra a continuación:
«Visto el informe de la archivera municipal, de fecha 22 de octubre de 2013, en el que se indicaba la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Vistos los anexos de ficheros de datos de carácter personal que constan en el expediente administrativo.
En el uso de las atribuciones conferidas por el art. 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, RESUELVO:
PRIMERO.- Creación de ficheros. Aprobar la creación de los ficheros de datos de carácter personal de este Ayuntamiento relacionados en el Anexo I, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.
SEGUNDO.- Modificación de ficheros. Modificar los ficheros de carácter personal relacionados en el Anexo II.
TERCERO.- Supresión de ficheros. Suprimir los ficheros de carácter personal relacionados en el Anexo III que figuraban dados de alta en la Agencia Estatal de Protección de Datos, con la finalidad de migrarlos a los nuevos ficheros respectivos, conforme a lo dispuesto en el art. 20.3 de la LOPD.
CUARTO.- Publicación e inscripción. En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días, desde la publicación de esta Resolución en el BOP.
QUINTO.- Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOP».
2.º) FICHERO 1.11 CENSO DE ANIMALES DOMÉSTICOS:
- En el apartado «Tipo de datos, estructura y organización del fichero» debe incluirse el campo «Datos de infracciones: Infracciones penales, infracciones administrativas».
- En el apartado «Medidas de seguridad» donde dice «Nivel de seguridad adoptado: Nivel básico» Debe decir «Nivel de seguridad adoptado: Nivel medio».
3º) FICHERO 6.2 ACCIONES DE PROMOCIÓN DE EMPLEO:
- En el apartado «Tipo de datos, estructura y organización del fichero» debe suprimirse el campo «Datos especialmente protegidos: Salud».
4º) FICHERO 10.1 VENTA AMBULANTE:
- En el apartado «Tipo de datos, estructura y organización del fichero» debe incluirse el campo «Datos de infracciones: Infracciones administrativas».
- En el apartado «Medidas de seguridad» donde dice «Nivel de seguridad adoptado: Nivel básico» debe decir «Nivel de seguridad adoptado: Nivel medio».”
En Cabanillas del Campo a 8 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Jaime Celada López.