AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
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Resolución de Alcaldía n.º 2024-0364 de fecha 6 de mayo de 2024 del Ayuntamiento de Brihuega por la que se aprueba la prórroga de la bolsa de trabajo de funcionario/a interino/a puesto de arquitecto/a técnico/a por programas, la cual se transcribe de forma literal:
“Vista la Resolución de la Alcaldía (Decreto 2021-0094), de fecha 8 de febrero de 2021, que resolvía: Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de selección para crear una bolsa de trabajo de arquitecto técnico, para este Ayuntamiento, en los términos en que figuran en el expediente y publicar el texto íntegro de las bases reguladoras en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios Electrónico en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Visto que las bases reguladoras de la convocatoria de selección para crear una bolsa de trabajo de arquitecto técnico, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 27 de fecha 10 de febrero de 2021, en su apartado “Noveno Bolsa de Trabajo “, dice:
“...Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 3 años; si bien seguirá siendo de aplicación mientras se confeccione una nueva bolsa”.
Visto que Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), en su redacción vigente en febrero de 2021 en su “artículo 10 funcionarios interinos” apartado 1. c) dice:
“1. Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
…c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto...”
Visto que la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, en su “artículo 8 Nombramiento de personal funcionario interino” apartado 1 c) dice:
“1. El nombramiento de personal funcionario interino solo puede producirse por alguna de las circunstancias siguientes:
...c) La ejecución de programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales o para el lanzamiento de una nueva actividad. La duración de los programas no puede ser superior a cuatro años. En caso de que el programa se hubiera aprobado con una duración inferior a la máxima, puede prorrogarse, una o varias veces, sin que la duración total pueda exceder de dicha duración máxima…”.
Visto que dos de los cinco proyectos que se incorporan como programas temporales recogidos en la Memoria Justificativa de fecha 3 de febrero de 2021, redactada por la Alcaldía, en justificación de la convocatoria y bases del proceso de selección para crear una bolsa de trabajo de arquitecto técnico del Ayuntamiento de Brihuega se indicaba: “... Elaboración del Plan General de Ordenación Urbana y Actualización del inventario y valoración de los bienes municipales”, no han sido concluidos estando además en proceso de tramitación y/o estudio dos modificaciones puntuales de las normas subsidiarias .
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,
RESUELVO:
PRIMERO.- Prorrogar la vigencia de la bolsa de trabajo de arquitecto técnico por un cuarto año en base a lo establecido en el artículo 10.1 c) del TREBEP, en relación con lo desarrollado en el artículo 8.1 c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
SEGUNDO.- Prorrogar la contratación como funcionaria interina arquitecta técnica hasta la conclusión del cuarto año de la vigencia de la bolsa de trabajo.
TERCERO.- Notificar la presente resolución a la funcionaria que ocupa la plaza de funcionaria interina por programas arquitecta técnica.
CUARTO.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
QUINTO.- Comunicar al Registro de Personal y a los representantes de los trabajadores a los efectos oportunos.”
En Brihuega, a 13 de mayo de 2024. Fdo.: Luis Manuel Viejo Esteban, Alcalde-Presidente.