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Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
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Checa
Chequilla
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Ciruelas
Ciruelos del Pinar
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Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
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Cuenca
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Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
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Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
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Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
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Irueste
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Jirueque
La Nava
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Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
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Majaelrayo
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Mantiel
Maranchón
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Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
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Jueves, 04 Enero 2024 08:01

BASES REGULADORAS PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN EL PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO, ORDEN 176/2023 DE 17 DE OCTUBRE. COFINANCIADOS CON EL PROGRAMA FSE PLUS DE LA UNIÓN EUROPEA

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AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS


47

PRIMERA: OBJETO Y NORMATIVA REGULADORA.

EL objeto de la presente convocatoria es la creación de una bolsa de candidatos para la contratación como personal laboral temporal del Ayuntamiento de Galápagos, perfil profesional PEONES, para cubrir los 7 contratos concedidos en la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la contratación de personas desempleadas vulnerables y en situación de exclusión social- PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO, Línea 1: Ayudas para la contratación por las Entidades Locales

Los proyectos son:

Proyectos :

PROYECTO 1: GESTION DE RESIDUOS: GALAPAGOS RECICLA: 3 CONTRATOS

PROYECTO 2: INFRAESTRUCTURAS ACTUALES Y ACCESIBLES: 2 CONTRATOS

PROYECTO 3: RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS RESILENTES: 2 CONTRATOS

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasiones alguna dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, tales como participante, peón, solicitante, aspirante, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

SEGUNDA. - AMBITO TERRITORIAL.

Las presentes bases de la convocatoria que efectúa el Ayuntamiento de Galápagos para la selección del personal a contratar, se circunscriben al ámbito territorial de las personas desempleadas que se hallen inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

TERCERA. - REQUISITOS GENERALES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES:

Requisitos generales.

  1. Tener la nacionalidad española (o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen libre circulación de trabajadores, debidamente acreditado), según lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o impedimento físico que impida el normal desempeño de las funciones para las que se contrata.
  3. En el caso de tener reconocida grado de discapacidad, deberá aportar certificado emitido por el Centro Base de Guadalajara, donde se acredite que puede desempeñar las funciones del puesto de trabajo para el que se le contrata.
  4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. No haber tenido abierto ningún expediente disciplinario en ninguna Administración Pública en los últimos 5 años.
  5. No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.
  6. En ningún caso podrá trabajar más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.
  7. Estar inscritos/as en las Oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados/as.
  8. Estar en posesión del titulo de Graduado en ESO o equivalente, se presentará copia compulsada del título correspondiente.

Conforme establece el artículo 16 de la Orden reguladora, los participantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:

1.- Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas incluidas en los siguientes colectivos:

  1. Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta en la oficina de empleo, y que hayan permanecido inscritos, al menos, 360 días dentro de los 540 días anteriores a dicha fecha y que pertenezcan a alguno de los siguientes grupos:

1º. Demandantes de empleo no ocupados, entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones contributivas por desempleo.

2º. Demandantes de empleo no ocupados menores de 30 años o mayores de 66 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares, cuando exista informe favorable de los Servicios Sociales Básicos para su inclusión en el programa o cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.

3º. Demandantes de empleo no ocupados entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos doce meses dentro de los 10 años anteriores a contar desde la publicación de la orden y que estén inscritos como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

4º. Demandantes de empleo no ocupados que, conviviendo con una persona de pendiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.

  1. Personas con discapacidad, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
  2. Personas con baja cualificación. Se consideran como tales a las personas con edades entre los 18 años y que no hayan alcanzado los 30 o estén inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y en ambos casos, que no cuenten con ninguna de las titulaciones previstas en el articulo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para la conclusión de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios.
  3. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
  4. Personas con capacidad intelectual límite, personas con trastornos del espectro autista y personas victimas de trata de seres humanos.
  5. Colectivos relacionados con el artículo 1 de la Ley 5/2022 de 6 de mayo de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha. A efectos de esta orden se consideran como tales, a quienes acrediten por sentencia que han sido despedidos o que han sufrido discriminación laboral por su condición sexual.

2.- No obstante, las priorizaciones establecidas en los apartados anteriores, podrán participar otras personas inscritas en la oficina de empleo de referencia, como demandantes de empleo no ocupadas, siempre que en el ámbito territorial de actuación de la entidad no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.

3.- En Igualdad de condiciones, tendrán preferencia para participar en las correspondientes convocatorias deeste programa de empleo las personas que no fueron contratadas en el marco de la última convocatoriaefectuada respecto de cada una de ellas.

En caso de que se tenga que recurrir a las personas desempleadas contempladas en el punto 16.5 éstas una vez baremada su solicitud y con independencia de la puntuación que obtengan, siempre figurarán en las listas de seleccionados después de las que los hayan sido por el apartado prioritario del artículo 16. 1 de la Orden reguladora.

CUARTA. - OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES

  1. Son obligaciones de las personas contratadas:
  1. Participar de forma activa en las acciones de motivación, orientación o formación que se le propusieran durante el contrato temporal, por parte de la entidad beneficiaria o la oficina de empleode referencia. De todas las acciones propuestas en el itinerario de inserción profesional que se diseñepara la persona contratada, ésta deberá asumir el compromiso de realizar al menos una de las siguientes, una vez finalizado el contrato o durante su ejecución, si fuera compatible:

1º. Participar activamente en la elaboración de su itinerario de inserción profesional.

2º. Realizar una acción de orientación concreta.

  1. No rechazar o desatender de forma injustificada las actividades propuestas desde la oficina deempleo de referencia.
  2. Aportar la documentación e información que se le requiera, a los efectos de su participación en losproyectos objeto de subvención.7
  3. Las personas que se encuentren en situación de exclusión podrán realizar acciones formativas de forma voluntaria a propuesta de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
  4. El incumplimiento de las obligaciones o el falseamiento de cualquier información suministrada previamente a la contratación, dará lugar a la expulsión del programa y podrá suponer, en su caso, el inicio del correspondiente procedimiento sancionador, conforme lo dispuesto en el texto refundido de laLey sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

CAUSAS DE EXCLUSIÓN.

  1. No cumplir los requisitos de la convocatoria.
  2. Quedarán excluidos aquellos solicitantes que no aporten la documentación necesaria para verificar sus circunstancias y el cumplimiento del resto de los requisitos de la convocatoria, así como los que incurran en falsedad documental y falta de veracidad en los datos aportados.
  3. No aportar, en el tiempo y la forma establecida para ello, la documentación solicitada.
  4. En ningún caso podrán ser contratadas con cargo a este Plan de Empleo más de una persona por unidad familiar. En caso de que solicite el Plan de Empleo más de un miembro de la unidad familiar, o deconvivencia, sólo podrá ser contratada la persona de mayor puntuación, quedando excluidas el resto.
  5. Quedan excluidos los candidatos de los que existan informes desfavorables por el trabajo desempeñado en planes o programas de empleo del Ayuntamiento de Galápagos en los cinco años anteriores a la presente convocatoria y/o presenten incidencias por reiterado absentismo laboral, así como aquellos que tienen abierto expediente disciplinario con motivo de agresiones físicas o verbales a compañeros o superiores.
  6. Padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones del puesto de trabajo.
  7. Encontrarse en situación de inhabilitación mediante expediente disciplinario para el ejercicio de las funciones públicas de los servicios al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales.

QUINTA. – SOLICITUDES:

Podrán participar aquellas personas inscritas en la Oficina de Empleo con el perfil solicitado a la misma, sin perjuicio de la documentación que pueda requerirse por parte del Ayuntamiento.

No obstante, quienes deseen participar en la selección deberán solicitarlo mediante instancia) que se dirigirá al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Galápagos.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Galápagos sito en C/ Del Silo s/n, 19174 Galápagos (Guadalajara), DESDE EL DIA 8 AL 18 DE ENERO DE 2024, en horario de lunes a viernes de 9-14 horas o en la sede electrónica www.galapagos.es como en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través del procedimiento regulado en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente, antes de ser certificadas. En este supuesto, el aspirante tendrá que comunicar inmediatamente, en la misma fecha de su registro, este hecho al correo electrónico del Ayuntamiento de Galápagos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., acreditando haber presentado la solicitud, dónde figure el sello oficial de entrada con indicación de la fecha.

Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en la Sede electrónica de este Ayuntamiento www.galapagos.es, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Facebook del Ayuntamiento.

El resto de las publicaciones (listas de admitidos, baremos, puntuaciones y demás del procedimiento) se publicarán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Galápagos y en la en la sede electrónica www.galapagos.es.

Así mismo se remitirán las presentes bases a la Oficina del Servicio Público de Guadalajara de a los efectos oportunos.

SEXTA. – DOCUMENTACIÓN ANEXA

Se presentarán junto con la solicitud, toda la documentación que acredite que reúne los requisitos exigidos

Todas las circunstancias que pretendan hacerse valer se acreditarán documentalmente, y solo será valorada la presentada en tiempo y forma, sin admisión de presunciones.

La Comisión de Valoración no valorará aquella documentación de la requerida que no se hubiera presentado junto con la solicitud, en el plazo abierto para la presentación de solicitudes.

SÉPTIMA. - OFERTA GENÉRICA DE EMPLEO.

De conformidad con el artículo 23 de la Orden reguladora: el Ayuntamiento de Galápagos, previa a la apertura de los plazos que se indican en la base quinta, remitirá conuna antelación mínima de 5 días hábiles al proceso de selección, una oferta genérica de empleo que contendrá el númerode personas por puesto que precisa cubrir.

El punto 1 del artículo 23 de la Orden establece:

La selección de las personas a contratar en el marco de los proyectos regulados en esta orden, se realizará entre las personas desempleadas enviadas por la oficina de empleo de referencia, mediante la correspondiente citación de presentación, sobre la base de la adecuación al perfil solicitado para el puesto de trabajo ofertado y el cumplimiento de los requisitos exigidos para participar en los proyectos.

La entidad beneficiaria podrá contratar a otras personas distintas a las enviadas por la oficina de empleo,siempre que las mismas reúnan los requisitos exigidos en el artículo 16 de la Orden, previa comprobación de estos por parte de la oficina de empleo.

La entidad beneficiaria remitirá a la oficina de empleo la propuesta de personas a contratar, con objeto de que por ésta se verifique el cumplimiento de los requisitos relativos a inscripción, percepción o no de prestaciones e itinerarios por las mismas para participar en los proyectos, con anterioridad a la publicación del acta de selección.

OCTAVA. - CONTRATO Y JORNADA LABORAL.

El contrato tendrá una duración de 6 meses, (180 días), no siendo susceptible de prórroga.

La contratación de las personas seleccionadas se realizará en los plazos y fechas que determine la Alcaldía-Presidencia.

Se establecerá un período de prueba dentro de los límites establecidos en la modalidad del contrato laboral correspondiente.

Las personas seleccionadas trabajarán una jornada de 37 ,5 horas semanales con los descansos que establece la ley, distribuidas en función de las necesidades del servicio al cual quede adscrita.

Las personas contratadas, percibirán el salario mínimo profesional 1.280,00€ en seis mensualidades En esta cantidad económica está incluida la parte proporcional de la paga extra.

Las personas contratadas deberán disponer de aptitudes y conocimientos relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar. Se establece un periodo de prueba de 1 mes desde la formalización del contrato. De producirse un despido por la no superación del periodo de prueba, esta entidad procederá a la sustitución por orden de la lista de seleccionados.

En el supuesto de que se produjesen extinciones de los contratos subvencionados por voluntad de la persona contratada, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o por no superación del período de prueba, en base a la obligación de mantenimiento del puesto de trabajo subvencionado, el Ayuntamiento podrá sustituirla, en el plazo máximo de quince días naturales desde la fecha de baja en la Seguridad Social, mediante la formalización de un nuevo contrato por el período que le restara hasta la finalización del contrato de la persona sustituida.

En el caso de que se origine baja por enfermedad, baja maternal o accidente, la entidad podrá contratara una persona sustituta por el período que le restara hasta la finalización del contrato de la persona sustituida.

NOVENA. - SELECCIÓN DE LOS PARTICIPANTES. -

El sistema de selección se realizará por valoración de las circunstancias personales. Valoración de las circunstancias personales y puntuación de estas, con un máximo de 15 puntos según se detalla:

1. - Demandantes de empleo que superen el periodo de permanencia en esa situación:

Mas de 30 días por encima de los 360 dentro de los 540 días anteriores a la fecha de registro de presentación de la oferta en la oficina de empleo 1 punto

Mas de 60 días por encima de los 360 dentro de los 540 días anteriores a la fecha de registro de presentación de la oferta en la oficina de empleo 2 puntos

2. - Titulación: Se valorará las titulaciones superiores a la exigida para el acceso a la plaza que se convoca 1 punto

c) Situación Económica: Renta per cápita mensual de cada miembro de la unidad familiar del solicitante:

Renta per cápita

Puntuación

Cero Euros de ingresos

5 puntos

De 1 Euro a 100 Euros

4 puntos

De 101 Euros a 200 Euros

3 puntos

De 201 Euros a 400 Euros

2 puntos

De 401 a 640 Euros

1punto

Mas de 641 euros

0 puntos

4. - Número de hijos menores de 25 años de la unidad familiar:Se entenderá por unidad familiar lo establecido en el último párrafo de esta base.

NÚMERO DE HIJOS

PUNTOS

1 hijo

1 punto

2 hijos

2 puntos

3 o más hijos

3 puntos

5. - Puntuación en función del grado de discapacidad:

GRADO DE DISCAPACIDAD

PUNTOS

Igual al 33%

1 punto

Superior al 33%

2 puntos

6. - Víctima de violencia de género con documentación acreditativa de tal circunstancia 1 punto.

En igualdad de puntuaciones se priorizarán las siguientes circunstancias:

1ª.-Las personas que no fueron contratadas en el marco de la Orden 60/2018 de 25 de abril.

2º.- Las personas mayores de 50 años.

3º.- Las mujeres.

4º.- Las personas con mayor antigüedad en la tarjeta de demanda de empleo.

No se seleccionará en ningún caso a más de un miembro de la misma unidad, salvo que no existieran personas suficientes que cumplan los requisitos

A los efectos de esta convocatoria, se considera UNIDAD FAMILIAR: la integrada por todos los hijos menores de 25 años que figuren en el libro de familia empadronados en el mismo domicilio del solicitante. En el supuesto de padres separados, cuyos descendientes no estén empadronados en el domicilio del solicitante, se tendrá en cuenta la justificación del pago de la pensión alimenticia para la consideración de hijo/a a cargo del solicitante e integrante de la unidad familiar. En el supuesto de parejas de hecho, la constituida por ambos y por los hijos/as si los hubiera. Una persona no podrá formarparte de dos unidades familiares al mismo tiempo.

DÉCIMA. - COMISIÓN LOCAL DE SELECCIÓN

La pertenencia al órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta representación o por cuenta de nadie. Asimismo, dicha Comisión podrá disponer la incorporación asesores o asesoras especialistas, si así lo estimase oportuno. La Comisión de Selección requerirá para actuar válidamente la presencia de quienes ejerzan la Presidencia y la Secretaría yal menos la mitad de sus miembros.

La Comisión Local de Selección estará constituido por:

-Presidente/a, Secretario/a y vocales

La abstención y recusación de los miembros de la Comisión será de conformidad con los artículos 23 y 24de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las reclamaciones que puedan originarse en referencia a la interpretación o aplicación de las presentes bases, habrán de presentarse por escrito y serán resueltas por la Comisión Local de Selección con arregloal derecho y a la equidad. La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tresde sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultada para resolver cualquier duda oincidencia que pudiera surgir durante el baremo de las solicitudes, para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado del proceso de selección.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante Alcaldía.

UNDÉCIMA. - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LISTADOS.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se reunirá la Comisión Local de Selección convocada por la Presidencia de la misma.

El procedimiento de selección consistirá en:

1.- Comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión recogidas en la base 3ª la Comisión de Selección publicará un listado provisional de las personas que cumplen los requisitos para pasar a ser valoradas en la siguiente fase y de aquellas otras excluidas. Este listado se publicará se publicará   en   el    Tablón    de    Edictos    del Ayuntamiento, en la sede electrónica www.galapagos.es y en el Facebook del Ayuntamiento se señalará un plazo de dos días naturales para la para la presentación de alegaciones o reclamaciones. Pasado dicho plazo, se publicará la lista de las personas a las que se procederá a valorar sus circunstancias personales.

2.- Valoración de circunstancias personales de aquellos/as candidatos/as que cumplen los requisitos de admisión: La Comisión de Selección procederá a valorar las circunstancias personales según lo recogido en la Base 9ª.

Una vez terminada la baremación de las solicitudes, la Comisión de Selección publicará el listado provisional ordenado por puntuación obtenida. Este listado se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la Sede Electrónica www.galapagos.es y en el Facebook municipal El plazo de presentación de alegaciones o reclamaciones será de dos días hábiles tras su publicación.

3.- Verificación de requisitos de contratación por parte de la Oficina de Empleo y publicación del listado definitivo: Una vez resueltas las alegaciones, si las hubiera, la Comisión de Selección remitirá a la Oficina de Empleo la propuesta de personas a contratar, con el objetivo de que la misma verifique el cumplimiento de los requisitos recogidos en la Orden.

Una vez recibida la respuesta por parte de la Oficina de Empleo, la Comisión de Selección publicará el listado definitivo con las personas seleccionadas para su contratación. En el referido listado se hará constar la puntuación obtenida.

Las personas aspirantes que no hayan sido seleccionas pasarán, según el orden de puntuación, a una listade suplentes, y serán llamadas por riguroso orden en el supuesto de producirse alguna baja o renuncia entre las personas titulares de esta primera convocatoria.

DOCEAVA. - DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL SOLICITANTE.

  • Solicitud que incluye declaración responsable cumplimentada (Anexo I).
  • Citación remitida por el Servicio Público de Empleo (si la tuviera).
  • Fotocopia del DNI o NIE en vigor.
  • Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo.
  • Certificado de Empadronamiento: (sólo para los solicitantes que no residan en Galápagos). Para los participantes residentes en Galápagos se hará comprobación del mismo en el Padrón Municipal. A tal efecto, se establece la posibilidad de que el Ayuntamiento pueda requerir al solicitante la aclaración de la documentación aportada en el caso en que el certificado de empadronamiento no concuerde con los datos declarados por las personas solicitantes en lo relativo a la unidad familiar.

En el supuesto de personas empadronadas en otras localidades, deberán aportar el certificado familiar de empadronamiento.

  • Fotocopia del Libro de Familia (si el solicitante tiene hijos menores de 25 años).
  • Las mujeres víctimas de violencia de género deberán acreditarlo documentalmente, según lo señaladoen el Real Decreto 1917/2008, BOE nº297, mediante la entrega de los siguientes documentos: sentencia condenatoria, resolución judicial en la que se acuerdan las medidas cautelares para la protección de la víctima o a través de la orden de protección en vigor.
  • Certificado del grado de discapacidad. Tarjeta del grado de discapacidad y Certificado del Centro Base que acredite la capacidad de apto para desempeñar las funciones de la categoría a la que opte..
  • Certificado de percepción de prestaciones o ayudas emitido por la Entidad Otorgante.
  • Vida Laboral actualizada.
  • Certificado de periodos de inscripción en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha correspondientes a los últimos 18 meses a la fecha de la presente convocatoria. DOCUMENTO IMPRESCINDIBLE.
  • Ultima Declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar o Autorización al Ayuntamiento para acceder a los datos tributarios de todos los miembros de la unidad familiar Anexo II.

Documentos redactados en idioma distinto al castellano: cualquier documento que se pretenda hacer valer, emitido en lengua distinta al castellano, únicamente será tenido en cuenta si viene acompañado de la correspondiente traducción oficial realizada por traductor jurado o validado por el Consulado u Oficina Diplomática correspondiente.

LA FALSEDAD DE DATOS MANIFESTADOS EN LA SOLICITUD Y MEDIANTE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE SUPONE LA EXCLUSIÓN AUTOMATICA DEL PROCESO SELECTIVO Y LA EXTINCIÓN EN SU CASO DEL CONTRATO DETRABAJO.

Galápagos, a 28 de diciembre de 2023. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.: Guillermo M. Rodríguez Ruano

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SIETE PEONES Y LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE CANDIDATOS COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN EL PROGRAMA DE APOYO ACTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS PERTENECIENTES A COLECTIVOS VULNERABLES Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL ORDEN 176/2023 DEL 17 DE OCTUBRE, COFINANCIADOS CON EL PROGRAMA FSE PLUS DE LA UNIÓN EUROPEA.

 

APELLIDOS

 

NOMBRE

 

CORREO ELECTRÓNICO

DNI

 

FECHA DE NACIMIENTO

TELÉFONO

DOMICILIO

 

MUNICIPIO

PROVINCIA

C.P.

MINUSVALÍA    ¨ SÍ    ¨ NO     GRADO DE MINUSVALÍA__________________________

 

TIPO DE MINUSVALÍA_________________________________________________________

__________________________________________________

El abajo firmante, teniendo conocimiento de las bases generales y de la convocatoria que rige el presente proceso de selección de 7 plazas de Peones mediante contrato temporal de 6 meses en el marco de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo 176/2023 de 17 de octubre.

PROYECTO 1: GESTIÓN DE RESIDUOS: GALÁPAGOS RECICLA: 3 PEONES

PROYECTO 2: INFRAESTRUCTURAS ACTUALES Y ACCESIBLES: 2 PEONES

PROYECTO 3: RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS RESILENTES: 2 PEONES

EXPONE:

Que acepta y reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en dichas Bases y convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia y que son ciertos todos los datos consignados en esta solicitud, asumiendo las responsabilidades a que haya lugar en caso de falsedad en la solicitud o en la documentación presentada.

Y por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITA que sea admitida esta solicitud para participar en el proceso de selección de personal referenciado y que se tenga por presentada, la siguiente documentación:

  • Solicitud que incluye declaración responsable cumplimentada (Anexo I) y autorización a datos tributarios de la unidad familiar (Anexo II),
  • Citación remitida por el Servicio Público de Empleo (si la tuviera).
  • Fotocopia del D.N.I. o Permiso de Residencia en caso de Extranjeros en vigor.
  • Estar en posesión en Graduado en ESO o equivalente.
  • Fotocopia del Libro de Familia (si el solicitante tiene hijos menores de 25 años).
  • Certificado de Empadronamiento (solo para los solicitantes que no residan en Galápagos). Para los participantes residentes en Galápagos se hará comprobación del mismo en el Padrón Municipal.
  • Fotocopia de la Tarjeta de demanda de empleo.
  • Acreditación de la Condición de Víctima de Violencia de Género documentalmente según los señalado en el Real Decreto 1917/2008, BOE n.º 297, mediante la entrega de los siguientes documentos: sentencia condenatoria, resolución judicial en la que se acuerdan las medidas cautelares para la protección de la víctima o a través de la orden de protección en vigor.
  • Respecto a solicitantes con grado de discapacidad, Tarjeta del grado de discapacidad que se posea y Certificado del Centro Base, que acredite la capacidad de apto para desempeñar las funciones de la categoría a la que se opta.
  • Certificado de periodos de inscripción en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha correspondientes a los últimos 18 meses a la fecha de la presente convocatoria.
  • Certificado de percepción de prestación por desempleo, prestación contributiva, subsidio, ayuda familiar o cualquiera otra ayuda extraordinaria. En caso de no percibir ningún tipo de prestación lo hará contar mediante la correspondiente declaración responsable que se les facilitará en la solicitud o, documento del Servicio Público de empleo donde se justifique tal circunstancia.
  • Vida laboral actualizada.
  • Última declaración de la renta de la unidad familia o autorización para la comprobación por el Ayuntamiento de los datos fiscales de la unidad familiar.
  • Declaración jurada o promesa de no haber tenido abierto ningún expediente disciplinario en Planes de Empleo en los cinco años anteriores en ninguna Administración Pública.
  • No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la Legislación vigente.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o impedimento físico para el normal desempeño de las funciones.

En el supuesto de no presentación correcta de la documentación exigida, o, la documentación no esté justificada según las instrucciones dadas, y, salvo casos de fuerza mayor aprobados por la Comisión de selección, no serán valoradas por la misma.

En Galápagos, a ___de ______________ de 2024

El/La Solicitante:

Fdo:__________________

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS

(ANEXO I)

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dª_________________________________________________________________con DNI_________________

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

  • Que no he sido inhabilitado, ni separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia penal firme.
  • Que son ciertos los datos que figuran en esta solicitud y que la documentación aportada es copia fiel del original, comprometiéndome a aportar los originales de la documentación a requerimiento del Ayuntamiento.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o impedimento físico para el normal desempeño de las funciones para las que se contrata.
  • No recibir ningún tipo de prestación por desempleo, pensión contributiva, subsidio, ayuda familiar o cualquier otra ayuda extraordinaria.
  • Que conozco que la falsedad de los datos mencionados en la presente solicitud supone la exclusión automática del proceso selectivo.

En Galápagos, a ______de ____________________de 2024

El/La Solicitante,

Fdo.- _____________________

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS

(ANEXO II)

AUTORIZACIÓN

Yo _____________________________________________________________ con DNI

Autorizo al Ayuntamiento de Galápagos a recabar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria información sobre mi nivel de renta, al exclusivo efecto de valorar la situación económica.

  1. Datos del solicitante del trámite a conceder:

Apellidos y nombre

NIF/ NIE

Domicilio

Firma

 

 

 

 

  1. Datos de los restantes miembro de la unidad familiar del solicitante (mayores de 18 años de edad), que también prestan declaración (en todo caso el cónyuge, cuando se cedan datos sobre IRPF y se realice declaración de la renta conjunta):

Apellidos y nombre

NIF/ NIE

Domicilio

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Galápagos, a              de                                  de 2024

Fdo.- _____________________

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS 

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Galápagos
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