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Casa de Uceda
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Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
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Lunes, 04 Diciembre 2023 08:12

RECTIFICACIÓN DE LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, DE LAS PLAZAS CORRESPONDIENTES A LA OFERTA EXCEPCIONAL DE EMPLEO PÚBLICO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPO

4083

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AYUNTAMIENTO DE ALMOGUERA


4083

Visto el acta de la Mesa de Negociación celebrada entre el Ayuntamiento de Almoguera y los Sindicatos CCOO y CSIF de fecha 27 de mayo de 2022.

Vista la Resolución de la Alcaldía de fecha 27 de mayo de 2022, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal antes del 1 de junio de 2022 que dispone lo siguiente:

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal antes del 1 de junio de 2022, con la siguiente relación de plazas:

PERSONAL LABORAL:

(D.A. sexta y octava de la Ley 20/2021):

GRUPO DE CLASIFICACIÓN

CATEGORÍA LABORAL

VACANTES

E

Peón de servicios múltiples

2

E

Guardería

1

E

Auxiliar de ayuda a domicilio

10

C2

Auxiliar administrativo

1

C2

Asistenta Vivienda de Mayores

1

C2

Encargada de Vivienda de Mayores

1

C2

Limpiadora de Vivienda de Mayores

1

A-1

Arquitecto Municipal

1

TOTAL

 

18

 

Plazas afectadas

Régimen de estabilización

Nº plazas

Peón de Servicios Múltiples

D. A. sexta y octava

2

Auxiliar Administrativo y Archivo

D. A. sexta

1

Auxiliar de Ayuda a Domicilio

D. A. sexta y octava

10

Arquitecto

D. A. sexta y octava

1

Guardería

D. A. sexta

1

Encargada de la Vivienda de Mayores

D. A. sexta y octava

1

Limpiadora de la Vivienda de Mayores

D. A. sexta y octava

1

Asistenta de la Vivienda de Mayores

D. A. sexta y octava

1

TOTAL

18

FUNCIONARIO:

ARQUITECTO GRUPO A-1.”

Vistas las bases de estabilización de empleo temporal, publicadas en el BOP n.º 247, de fecha 30 de diciembre de 2022.

Vistas la primera y segunda FE DE ERRATAS, publicadas en el BOP n.º 5, de fecha 9 de enero de 2023 y en el BOP n.º 23 de fecha 2 de febrero de 2023, respectivamente.

Visto que la “BASE PRIMERA: OBJETO Y CUESTIONES GENERALES” de las bases que han de regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad, mediante concurso de méritos, de las plazas de: auxiliar administrativo, auxiliar de ayuda a domicilio, guardería, encargado/a de la vivienda de mayores, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Almoguera, correspondientes a la oferta excepcional de empleo público de estabilización de empleo temporal, publicadas en el BOP n.º 247 de fecha 30 de diciembre de 2023, así como tampoco en las dos fe de erratas publicadas en el BOP n.º 5, de fecha 9 de enero de 2023 y en el BOP n.º 23 de fecha 2 de febrero de 2023, respectivamente, no se han hecho constar como afectadas, de acuerdo con el acta de la Mesa de Negociación celebrada entre el Ayuntamiento de Almoguera y los Sindicatos CCOO y CSIF de fecha 27 de mayo de 2022 y de la Resolución de la Alcaldía de fecha 27 de mayo de 2022, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal antes del 1 de junio de 2022, las plazas de:

Plazas afectadas

Régimen de estabilización

Nº plazas

Peón de Servicios Múltiples

D. A. sexta y octava

2

Arquitecto

D. A. sexta y octava

1

Limpiadora de la Vivienda de Mayores

D. A. sexta y octava

1

Asistenta de la Vivienda de Mayores

D. A. sexta y octava

1

RESUELVO

PRIMERO.- RECTIFICAR, en el sentido de suprimir el título de la convocatoria, redactándose un nuevo titulo de la convocatoria de esta forma: “BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, DE LAS PLAZAS DE: PEÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES, AUXILIAR ADMINISTRATIVO, AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO, ARQUITECTO, GUARDERÍA, ENCARGADO/A DE LA VIVIENDA DE MAYORES, LIMPIADORA DE LA VIVIENDA DE MAYORES Y ASISTENTA DE LA VIVIENDA DE MAYORES, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALMOGUERA, CORRESPONDIENTES A LA OFERTA EXCEPCIONAL DE EMPLEO PÚBLICO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL”.

SEGUNDO.- RECTIFICAR, en el sentido de suprimir la “BASE PRIMERA: OBJETO Y CUESTIONES GENERALES”.

SE REDACTA UN NUEVO APARTADO PRIMERO, DENOMINADO: “OBJETO Y CUESTIONES GENERALES que dice así:

PRIMERA: OBJETO Y CUESTIONES GENERALES.

Estas Bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras de la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad, con carácter excepcional y por una única vez por el sistema de concurso libre de méritos, de las plazas que se indican a continuación, vacantes en la Plantilla de personal del Ayuntamiento de Almoguera (Guadalajara), correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal de larga duración, de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público:

Personal Laboral:

Denominación actual

VÍNCULO

Nº plazas

Sistema selectivo

Peón de servicios múltiples

Laboral

2

Concurso

Auxiliar Administrativo

Laboral

1

Concurso

Auxiliar de Ayuda a Domicilio

Laboral

10

Concurso

Guardería

Laboral

1

Concurso

Encargado/a de la Vivienda de Mayores

Laboral

1

Concurso

Limpiadora de la Vivienda de Mayores

Laboral

1

Concurso

Asistenta Vivienda de Mayores

laboral

1

Concurso

La jornada laboral será:

- Auxiliar Administrativo: Jornada a tiempo completo 37,50 horas/semana, distribuidas de lunes a viernes.

- Auxiliar Ayuda a domicilio:

PLAZAS

JORNADA DIARIA

JORNADA SEMANA

PRIMERA

3 horas

15 horas

SEGUNDA

2 horas

10 horas

TERCERA

4,41 horas

22 horas

CUARTA

5,86 horas

29,30 horas

QUINTA

5 horas

25 horas

SEXTA

4,2 horas

21 horas

SÉPTIMA

4 horas

20 horas

OCTAVA

2,92 horas

14,6 horas

NOVENA

2,59 horas

13 horas

DÉCIMA

2,68 horas

13,5 horas

- Guardería: Jornada a tiempo Parcial. 25 horas /semana, distribuidas de lunes a viernes.

- Encargado/a de vivienda de mayores: Jornada a tiempo completo. 40 horas/semana, distribuidas de lunes a domingo, librando dos días/semana.

FUNCIONARIO: ARQUITECTO/A GRUPO A-1

Las retribuciones de las plazas serán las indicadas en la plantilla de Personal.

La jornada laboral será a tiempo parcial de 7,5 horas/semana.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione alguna dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, trabajador, funcionario, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos”.

TERCERA.- SUPRIMIR EL APARTADO D) DE LA BASE TERCERA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES, SUSTITUYÉNDOSE POR ESTE NUEVO APARTADO D:

“Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas que se convoquen las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

“d. Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso en los distintos grupos de clasificación del artículo 76 TREBEP, o encontrarse en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en el caso de personal funcionario; o Grupo de Clasificación, en el caso del personal laboral. Para las plazas objeto de la presente convocatoria la titulación exigida es:

Denominación actual

Grupo de Clasificación

 

Titulación Exigida

Peón de Servicios Múltiples

E

Sin requisitos de titulación académica

Auxiliar Administrativo

C2

Graduado en Educación secundaria obligatoria o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

Auxiliar de Ayuda a Domicilio

C2

Graduado en Educación secundaria obligatoria o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

Arquitecto

A-1

Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente.

Guardería

A2

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado.

Encargado/a de la Vivienda de Mayores

C2

Graduado en Educación secundaria obligatoria o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

 

Limpiadora de la Vivienda de Mayores

C2

Graduado en Educación secundaria obligatoria o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

Asistenta de la Vivienda de Mayores

C2

Graduado en Educación secundaria obligatoria o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

CUARTA.- SUPRIMIR LA BASE NOVENA: PROCESO DE SELECCIÓN., SUSTITUYÉNDOSE POR ESTA BASE NOVENA:

“Conforme a lo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, relacionada, a su vez, con el artículo 61 TREBEP, la selección de las personas para las plazas convocadas se llevará a cabo, con carácter excepcional y por una única vez, a través del sistema de concurso libre de méritos.

El concurso, cuya calificación final no podrá ser superior a cien puntos (100 puntos), consistirá en la valoración por el Tribunal de Selección, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos alegados y acreditados por las personas participantes, referidos al día de presentación de la documentación acreditativa de los méritos en el Ayuntamiento.

En el baremo de méritos se ha seguido, por seguridad jurídica, la estructura recogida en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública (Ministerio de Hacienda y Función Pública) sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

MÉRITOS PROFESIONALES COMUNES A TODAS LAS PLAZAS OBJETO DE CONVOCATORIA (Máx. 60 puntos).

Servicios prestados:

Puntos mes

- Como personal funcionario interino o personal laboral temporal, en la plaza objeto de la convocatoria en la Administración convocante

De 0,50

 

 

- Como personal funcionario interino o personal laboral temporal, en una plaza distinta de la convocatoria en la Administración convocante.

De 0,20

- Como personal funcionario interino o personal laboral temporal, en una plaza en otra Administración distinta o en el resto de las entidades del sector público.

De 0,10

En los supuestos de este apartado, no se valorarán las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios.

En ningún caso se valorará la experiencia profesional adquirida como personal funcionario de carrera o como laboral fijo.

MÉRITOS ACADÉMICOS (Máx. 40 puntos).

1.- MÉRITOS ACADÉMICOS (Máx. 25 puntos) PARA LA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

- Titulaciones académicas:

Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior y distintas a la requerida para el acceso a la plaza que se convoca, hasta un máximo de veinticinco puntos, de la siguiente manera:

- Por superar en un nivel la titulación exigida en la convocatoria: 12,5 puntos.

- Por superar en dos o más niveles la titulación exigida en la convocatoria: 25 puntos.

A estos efectos se considerarán los siguientes niveles de titulación:

1: Título Graduado ESO / FP I o Equivalente.

2: Título Bachiller / FP II o Equivalente.

3: Título FP III / Técnico Superior.

4: Título de Diplomado.

5: Título de Licenciado / Grado.

6: Máster Oficial de Postgrado.

7: Título de Doctor.


 

Máximo 25 puntos.

2. MÉRITOS ACADÉMICOS COMUNES A TODAS LAS PLAZAS OBJETO DE CONVOCATORIA

-Jornadas o cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la actividad laboral a desarrollar en las plazas objeto de convocatoria:

Impartidos por organismos públicos, en los que se haya expedido diploma, certificado de asistencia o aprovechamiento:

-De entre 20 y 29 horas lectivas: 6,00 puntos

- De 30 en adelante horas lectivas: 9 puntos.

- Jornadas o cursos de formación y perfeccionamiento referentes a actividades en general:

Impartidos por organismos públicos en los que se haya expedido diploma, certificado de asistencia o aprovechamiento:

-De entre 20 y 29 horas lectivas: 0,5 puntos.

-De entre 30 y 39 horas lectivas: 1 punto.

- De entre 40 y 50 horas lectivas: 2 puntos

- De entre 51 y 60 horas lectivas: 3 puntos;

- De más de 60 horas lectivas: 4 puntos.

Almoguera 30 de noviembre de 2023. El Alcalde, Antonio Barona Muñoz.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Almoguera
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