AYUNTAMIENTO DE PIOZ
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1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa de trabajo para cubrir necesidades temporales, vacaciones, bajas médicas, licencias, etc., de los puestos de trabajo de operarios de servicios múltiples de este Ayuntamiento. (Grupo E )
La duración máxima del o de los contratos (acumulados) será de 6 meses.
Las presentes bases de selección para la contratación temporal de personal laboral, están orientadas a cubrir necesidades urgentes e inaplazables, que afectan directamente al funcionamiento de los servicios públicos esenciales de este Ayuntamiento (artículo 26 LBRL). También será objeto de dicha cobertura, aquellos incrementos de tareas o servicios a los que se ve obligado la entidad en función de la época (Semana Santa, Navidad, etc )
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso de valoración de méritos, con arreglo a las presentes bases y a la normativa de aplicación. Dicha bolsa será rotatoria, pasando una vez finalizada la duración máxima el contrato, a la última posición de la lista en la que se encuentre el solicitante.
2. FUNCIONES, MODALIDAD DEL CONTRATO Y CONDICIONES
- Las funciones encomendadas a los contratos realizados serán:
- Mantenimiento y limpieza de vías públicas y mobiliario urbano.
- Mantenimiento y conservación de edificios, instalaciones y equipamientos municipales.
- Conservación de jardines y arbolado.
- Trabajos elementales de albañilería, fontanería, carpintería y pintura, electricidad en vías públicas, edificios y servicios municipales.
- Vigilancia, control, mantenimiento y conservación de vehículos, herramientas y maquinaria o aquellas otras funciones de operario, actuaciones o labore derivadas de los servicios y dependencias municipales que se les encomienden.
- La modalidad del contrato es la de contrato laboral a tiempo completo, de duración determinada
- La jornada de trabajo será de 35 horas semanales, el horario se ajustará a las necesidades del servicio
- Se fija una retribución bruta de 1.348 € mensuales brutos, incluida la prorrata de pagas extraordinarias
- Se establece un periodo de prueba según lo dispuesto en el artículo 14.1 del Estatuto de los Trabajadores.
3. CONDICIONES DE ADMISION DE ASPIRANTES
- Para tomar parte en el proceso de selección, será necesario que los aspirantes reúnan, los siguientes requisitos:
- Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 e 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la EBEP.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
- Titulación: Certificado de escolaridad, de estudios primarios o equivalente
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
- En el caso de haber sido contratado por el ayuntamiento de Pioz para la realización de estas mismas funciones, no haber sido despedido por no superar el periodo de prueba
4. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS
Las solicitudes requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso selectivo, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para el puesto al que se opta, se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Pioz, y se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento ,en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara con arreglo al modelo de solicitud que figura como Anexo I a estas bases.
La solicitud deberá ir acompañada por:
- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Informe de vida laboral
- Titulación
- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegadas que deban ser valorados.
No será tenida en cuenta cualquier solicitud que no se presente con DNI y titulación, en el plazo y en la forma que se describe en este punto
5. ADMISION DE ASPIRANTES
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, se señalará un plazo de cinco días hábiles para subsanación. No será admisible subsanación por no cumplir los requisitos de presentación del punto 4.
6. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y NORMATIVA APLICABLE
- El procedimiento de selección será el de Concurso y se regirá por las presentes bases.
- Las personas inscritas, en función del número de orden, tienen la obligación de aceptar la oferta del puesto, de lo contrario, tendrán que presentar renuncia, finalizando su inscripción en la «Bolsa».
La renuncia al contrato de trabajo ofrecido dará lugar a que el candidato no pueda presentarse a la siguiente bolsa que para el mismo puesto publique el ayuntamiento de Pioz
7. DESARROLLO DEL CONCURSO
El procedimiento de selección se llevará a cabo por el sistema de concurso y consistirá en la calificación y valoración conforme al baremo siguiente, de los méritos alegados y acreditados en su instancia por los aspirantes, no pudiéndose calificarse méritos no acreditados:
Méritos computables:
A) Cursos de Formación y Perfeccionamiento: Máximo 10 puntos.
Se valorará la formación recibida, por la realización en centros oficiales, de cursos de formación y perfeccionamiento o asistencia a seminarios, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, cuya aptitud o superación se acredite mediante certificación o diploma expedido al efecto, que tengan una duración mínima de veinte horas:
- Cursos de menos de 20 horas: 0,05 puntos
- Cursos entre 20 a 30 horas: 0,10 puntos
- Cursos de entre 31 a 50 horas: 0,20 puntos
- Cursos de entre 51 a 100 horas: 0,30 puntos
- Cursos de entre 101 horas a 200 horas: 0,40 puntos
- Cursos de entre 201 horas a 300 horas: 0,50 puntos
- Más de 300 horas: 1 puntos
- Formación Profesional de grado 1 : 4 puntos
- Formación Profesional de grado 2: 6 puntos
B) Experiencia Profesional: Por cada 30 días de experiencia como:
- Peón en empresa privada (grupo cotización 10) ……………….... 0,10 puntos (máximo de 5 puntos). Se acreditará con altas y bajas en los contratos de trabajo, con independencia de la vida laboral
- Peón en administración pública * (grupo cotización 10) …………….0,20 puntos (máximo de 10 puntos). Se acreditara con certificado de secretaria donde se haga constar que la contratación no ha sido debida a subvención que no cumpla estrictamente los criterios de méritos
- Oficial de 3º (grupo de cotización 9)……………………………...….0,05 puntos (máximo de 4 puntos). Se acreditará de la misma forma que en los puntos anteriores, según sea en empresa privada o administración publica
- Oficial de 1ª y 2ª (grupo de cotización 8)…………...…….………….0,03 puntos (máximo de 3 puntos) Se acreditará de la misma forma que en los puntos anteriores, según sea en empresa privada o administración publica
- Peón de planes de empleo o cualquier otra subvención que se rija por criterios de desempleo, renta o similares…………………………………..……….0,01 punto (máximo 2 puntos) se acreditara con certificado de secretaria donde se especifique esta circunstancia.
*(excepto planes de empleo o contratación por subvención que no siga estrictamente los criterios de igualdad de méritos que han de regir la selección de personal en la administración pública)
C) Permiso de conducir: 2 puntos.
- Permiso de conducción de la Clase B en vigor. …….. 1 punto
- Permiso de conducción de la Clase C en vigor……… 1 punto
En caso de empate, se estará a la máxima puntuación obtenida en experiencia profesional, si después de esto continuara el empate se desempatará por los puntos obtenidos en cursos de perfeccionamiento y por ultimo se atenderá a los puntos obtenidos en carnet de conducir
Finalmente, si continúa el empate, se resolverá por el orden de presentación de las solicitudes
8. PROPUESTA DE RESOLUCION
El Comité de valoración, tras puntuar los méritos de los aspirantes, comunicara los resultados provisionales al alcalde presidente el cual mediante resolución aprobara el resultado provisional del concurso
Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días para presentar alegaciones, trascurridos los cuales el tribunal resolverá los que se hubieran presentado y mediante resolución de alcaldía se hará pública la lista definitiva de resultados
9. VIGENCIA DE LA BOLSA
La bolsa de trabajo tendrá una vigencia de un año desde su aprobación, pudiendo ser ampliado el plazo durante 3 meses hasta la creación de una nueva.
10. IMPUGNACION
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en distinta provincia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Pioz, a 22 de Septiembre de 2023. Fdo. El Alcalde-Presidente, Manuel López Carvajal.
SOLICITUD DE ADMISIÓN A BOLSA DE TRABAJO PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DEL PUESTO DE TRABAJO DE OPERARIO/A DE SERVICIOS MÚLTIPLES DEL AYUNTAMIENTO DE PIOZ
D/Dª.…………………………………………………………………………………, con D.N.I. nº …………………………………………, y domicilio a efectos de notificación en el municipio de ……………..………..…………………………………………, calle……….……………………………………………………, nº……………..…, y teléfono…………………………………. móvil……………………………………
EXPONE
- Que habiendo sido publicada convocatoria para integrar una bolsa de trabajo de Operario/a de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Pioz, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, número………………de fecha……………………..
- Reúno todas las condiciones exigidas en las Bases del concurso, que declaro conocer y aceptar.
- Que aporto los siguientes documentos de los méritos exigidos en las Bases ………………………………………………….…………………………(especificar)……………………………………………………………………………….
Por todo ello, SOLICITA que se admita esta solicitud para el proceso de selección del puesto de trabajo de Operario/a de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Pioz.
En……………………………………,a…………de………………………de 2023
Fdo.:……………………………..
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE PIOZ