AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS
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PRIMERA: OBJETO.: Estas Bases Específicas tienen por objeto establecer las normas reguladoras específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas del Ayuntamiento de Galápagos para la provisión en propiedad, por el sistema excepcional de concurso libre de méritos, de una plaza de Bibliotecario/ a vacante en la plantilla de personal laboral correspondiente a la estabilización de empleo temporal de larga duración, insertas en la Oferta de Empleo Público de 2021, que se determinan en el Anexo I.
Las presentes bases se completan y complementan con las Bases Generales que han de regir las convocatorias de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad, mediante concurso libre de méritos, de la plaza vacante en las plantilla de personal laboral, correspondiente a la Oferta excepcional de Empleo Público de estabilización de empleo temporal, amparada en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Ayuntamiento de Galápagos.
Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione alguna dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.
SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas que se convoquen, además de los requisitos exigidos en las Bases Generales, los aspirantes deberán reunir los siguientes:
- Estar en posesión del título académico correspondiente a la plaza reseñada en el Anexo I.
- Ingresar a favor del Ayuntamiento de Galápagos, dentro del plazo de presentación de instancias, la cantidad de 12 € en concepto de tasa por la participación en las convocatorias para la selección del personal derechos de examen en la cuenta: ES52 2085 7629 1903 0007 2586 en el que deberá constar nombre y apellidos del interesado y la convocatoria. No obstante, de conformidad con la ordenanza reguladora del tributo, los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por período superior a seis meses en el último año, mediante el volante de demanda de empleo del Servicio de Empleo o certificado de dicho Instituto, en el momento de devengo de la tasa, abonarán la mitad de ésta. Esta cantidad solamente será devuelta en los supuestos previstos en la ordenanza reguladora. Los solicitantes que acrediten la condición de desempleado, estará exento/a de abonar la tasa por derechos de examen.
Todos los requisitos establecidos en los apartados anteriores y en las Bases Generales deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de instancias y gozar de los mismos durante todo el proceso selectivo.
TERCERA: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo (cuyo modelo figurará como Anexo II de la convocatoria, en el tablón de anuncios de la página Web del Ayuntamiento de Galápagos https://www.galapagos.es y en la sede electrónica en las que los aspirantes deberán declarar expresamente que reúnen todos los requisitos que se exigen en las bases de la convocatoria, estarán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán, debidamente cumplimentadas y preferentemente de forma telemática, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP, en lo sucesivo).
Se presentará una solicitud y deberán constar, necesariamente, además del nombre y los apellidos, el número del DNI, domicilio completo, teléfono, dirección de correo electrónico y la denominación de la plaza a la que se presenta.
A la instancia se acompañará la siguiente documentación:
- Copia del título académico habilitante (reseñado en el Anexo I).
- Ingresar a favor del Ayuntamiento de Galápagos, dentro del plazo de presentación de instancias, la cantidad de 12 € en concepto de tasa por la participación en las convocatorias para la selección del personal derechos de examen en la cuenta: ES52 2085 7629 1903 0007 2586 en el que deberá constar nombre y apellidos del interesado y la convocatoria. No obstante, de conformidad con la ordenanza reguladora del tributo, los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por período superior a seis meses en el último año, mediante el volante de demanda de empleo del Servicio de Empleo o certificado de dicho Instituto, en el momento de devengo de la tasa, abonarán la mitad de ésta. Esta cantidad solamente será devuelta en los supuestos previstos en la ordenanza reguladora. Los solicitantes que acrediten la condición de desempleado, estará exento/a de abonar la tasa por derechos de examen.
- En su caso, para acreditar los méritos profesionales, esto es, los servicios prestados como personal laboral, será necesario presentar copia de los certificados acreditativos de dichos servicios, con expresa indicación de la Escala/Cuerpo de pertenencia, denominación de la plaza, especialidad y de la categoría profesional, fecha de inicio y de finalización y Administración o Administraciones en los que se hayan desempeñado.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Galápagos se incorporarán de oficio.
- En su caso, para acreditar como mérito otras titulaciones académicas de nivel superior distintas a la requerida para el acceso, presentación de la copia del correspondiente título o resguardo de solicitud de éste.
- En su caso, para acreditar como mérito la realización de cursos de formación o perfeccionamiento, copia del certificado o diploma de asistencia al curso, con indicación de la Administración o Entidad que los haya impartido, denominación, fecha de celebración y número de horas lectivas.
- En su caso, para acreditar como mérito el haber superado al menos un ejercicio de las pruebas para el acceso, temporal o definitivo, a plazas con la misma denominación, mediante procesos de libre concurrencia, copia del correspondiente certificado acreditativo, con indicación de la Administración convocante, denominación de la plaza, prueba o pruebas selectivas superadas, publicación en el boletín oficial correspondiente de la convocatoria y resultado de ésta en cuanto al participante.
En el caso del personal del Ayuntamiento de Galápagos, este dato también se incorporará de oficio.
- Cualquier otra documentación acreditativa de los méritos que se aleguen.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán los méritos no alegados o no acreditados documentalmente en plazo.
CUARTA: ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Galápagos dictará la resolución mediante la que aprobará la relación provisional de admitidos y excluidos , que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios y sede electrónica de esta Corporación. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 68 LPACAP.
Una vez examinadas las reclamaciones que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos y excluidos en dicho Boletín Oficial, Tablón de Anuncios y sede electrónica de esta Corporación. De no presentarse reclamación se elevará a definitiva la inicialmente publicada. En la misma resolución se incluirá la composición del Tribunal Calificador, el lugar, fecha y hora de celebración del concurso libre de méritos.
Contra la resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde-Presidente de la Corporación, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos a contar desde el día siguiente de la publicación de las listas en el Boletín Oficial de la Provincia.
QUINTA: TRIBUNAL CALIFICADOR. La composición del Tribunal, los requisitos que han de cumplir sus miembros, el régimen de funcionamiento y demás circunstancias del órgano de selección son las contenidas en la Base Sexta de las Bases Generales.
SÉXTA: COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS. Este procedimiento deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Las comunicaciones y notificaciones derivadas de las convocatorias posteriores a la publicación de la lista definitiva de admitidos, si las hubiere, se publicarán en el Tablón de Anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Galápagos.
SÉPTIMA: PROCESO DE SELECCIÓN. Conforme a lo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, relacionada, a su vez, con el artículo 61 TREBEP, la selección de las personas para las plazas convocadas se llevará a cabo, con carácter excepcional y por una única vez, a través del concurso libre de méritos.
Las características del concurso y el baremo de méritos será el establecido en la Base Octava de las Bases Generales.
OCTAVA: VALORACIÓN DEL CONCURSO. Valorados por el Tribunal los méritos alegados y justificados por los aspirantes, el Secretario publicará, con el visado del Alcalde-Presidente del mismo, la valoración provisional de los méritos de los aspirantes, desglosada conforme a los apartados del baremo de méritos; abriéndose entonces un plazo de cinco días hábiles para que puedan presentarse reclamaciones a la misma. Analizadas las reclamaciones presentadas, en su caso, el Tribunal publicará la valoración definitiva de los aspirantes, con el desglose antes descrito.
El Tribunal no podrá proponer un número superior de aspirantes al de las plazas vacantes convocadas.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden:
- La superación de uno o varios ejercicios para el acceso, temporal o definitivo, a la plaza objeto de la convocatoria en el Ayuntamiento de Galápagos.
- La superación de uno o varios ejercicios para el acceso, temporal o definitivo, a una plaza con idéntica denominación a la convocada en otras Administraciones Públicas.
- De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación en el apartado de titulación complementaria.
- Finalmente, de mantenerse aún el empate, se dilucidará atendiendo a la mayor puntuación en el subapartado de los servicios prestados como personal laboral temporal, en la plaza objeto de la convocatoria en la Administración convocante.
Se formará una bolsa de trabajo integrada por todos aquellos aspirantes que, sin haber sido propuestos para su nombramiento o formalización de contrato, hubiesen obtenido un mínimo de cincuenta puntos (50 puntos) en el concurso de méritos.
Dicha bolsa de trabajo se aplicará después de las derivadas de los procesos de promoción interna y de los de provisión definitiva de las plazas de carácter ordinario.
Las bolsas de trabajo se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Galápagos hasta su extinción.
NOVENA: RECURSOS. La presentación de la solicitud por parte de las personas aspirantes constituye el sometimiento expreso a las bases reguladoras, que tienen la consideración de ley reguladora de la convocatoria. Las presentes bases, así como los actos administrativos que se deriven de éstas y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la LPACAP y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Galápagos, 16 de diciembre de 2022.EL ALCALDE-PRESIDENTE.- Fdo: Guillermo M. Rodriguez Ruano.
ANEXO I
PLAZA DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN
CONCURSO LIBRE DE MÉRITOS PERSONAL LABORAL TEMPORAL
GRUPO DE CLASIFICACIÓN |
CATEGORÍA LABORAL |
VACANTES |
TITULACION EXIGIDA |
C1 |
BIBLIOTECARIO/A |
1 |
Título Bachillerato, FP Segundo Grado o equivalentes exigidas para el grupo C1 de la administración |
ANEXO II
SOLICITUD ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS GATEGORÍA BIBLIOTECARIA/O DEL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN CONCURSO LIBRE DE MÉRITOS.
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APELLIDOS
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NOMBRE
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DNI
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FECHA DE NACIMIENTO |
TELÉFONO |
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CORREO ELECTRÓNICO |
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DOMICILIO
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MUNICIPIO |
PROVINCIA |
C.P. |
TITULACIÓN |
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CÓDIGO Y DENOMINACIÓN DE LA PLAZA:
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Indique, si procede, el grado de discapacidad y las adaptaciones de tiempo o medios que requiera (debe justificarlo):
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EXPONE:
- Que conoce la convocatoria del proceso selectivo indicado anteriormente, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n-º________, de fecha__________-y, en su caso en extracto en el B.O.E. nº __________, de fecha_____________-.
- Que declaro bajo mi responsabilidad que conozco el contenido de las Bases de la Convocatoria, y dispongo de la capacidad de obrar en el ámbito de la contratación y el empleo público, no estando incurso en ninguna causa de incapacidad ni incompatibilidad, no he sido separado mediante expediente disciplinario de los servicios de cualquier Administración Pública, no estoy inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o, similares aras el personal laboral.
- Que acepto y cumplo a la fecha de la expiración del plazo de presentación de instancias, todas y cada una de las bases que componen la presente convocatoria.
- Que para la fase de concurso, en su caso, alega los méritos que se relacionan a continuación (deberá justificarlo si así se requiere en las bases.)
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Fotocopia D.N.I. compulsado |
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Titulaciones Exigidas |
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Documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración según se detalla:
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MERITOS PROFESIONALES |
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Servicios prestamos en la misma plaza administración convocante.
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Servicios prestados misma plaza otra administración
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MÉRITOS ACADÉMICOS |
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Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales de nivel superior y distinta a la requerida para el acceso a la plaza convocada.
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Por cursos de formación
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Por haber superado algún ejercicio de las pruebas selectivas a plazas con idéntica denominación.
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SOLICITA:
Ser admitido para tomar parte en dicha convocatoria.
En Galápagos, a ___de ______________ de 2022
El/La Solicitante:
Fdo:__________________
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS