AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA
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BASES DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE UN APLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL ITINERANTE PARA EL CENTRO DE LA MUJER
Vista la necesidad de seleccionar UNA PLAZA en el puesto de trabajo adscrito al Área Social itinerante para el medio rural del Centro de la Mujer de Sigüenza, así como proceder a la creación de una bolsa de trabajo a fin de cubrir de manera rápida y ágil el puesto cuando éste pudiera quedar vacante temporalmente en los supuestos posteriormente descritos; todo ello conforme a la Orden 163/2017, de 19 de septiembre de la Vicepresidencia Primera, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los centros de la mujer y los recursos de acogida en Castilla-La Mancha, modificada por la Orden 141/2018, de 26 de septiembre, de la Vicepresidencia Primera, así como a la Resolución 02/09/2020, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer y los recursos de acogida en Castilla-La Mancha, para 2021-2022.
Examinado lo establecido en los artículos 21 a 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás legislación concordante, así como en el art. 11 del RD Leg. 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, lo dispuesto en la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha; en el art. 35 del R.D. 364/1995, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Admón. del Estado, de aplicación supletoria a la Administración Local, y de acuerdo con las competencias atribuidas por el art. 21 de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985,
RESUELVO
Primero. - Aprobar las bases reguladoras de selección para la provisión de 1 plaza en el puesto de trabajo adscrito al Área Social itinerante para el medio rural del Centro de la Mujer de Sigüenza.
BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/A TÉCNICO/A ADSCRITO AL ÁREA SOCIAL ITINERANTE PARA EL MEDIO RURAL DEL CENTRO DE LA MUJER DE SIGÜENZA, Y CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO
PRIMERA. Normas Generales
Es objeto de la presente convocatoria la selección mediante el proceso de concurso oposición de una plaza en el puesto de trabajo adscrito al Área Social itinerante para el medio rural del Centro de la Mujer de Sigüenza, así como proceder a la creación de una bolsa de trabajo a fin de cubrir de manera rápida y ágil el puesto cuando éste pudiera quedar vacante temporalmente en los supuestos posteriormente descritos; todo ello conforme a la Orden 22/11/2012, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida de Castilla La Mancha, así como a la Resolución de 02/09/2020, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer y los recursos de acogida en Castilla-La Mancha, para 2021-2022.
Las funciones a realizar en el puesto son la atención social especializada en materia de igualdad y violencia de género y realizar intervención comunitaria en esta materia en el contexto rural.
SEGUNDA. Modalidad del Contrato
La modalidad del contrato será a jornada completa y de duración determinada regulada en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
La jornada de trabajo estará distribuida de lunes a viernes, en horario de mañana y tarde.
TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, en relación con el artículo en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
- Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Estar en posesión de titulación universitaria en Trabajo Social o en Educación Social, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Estar en posesión del permiso de conducción B-1 y de vehículo para desplazamientos.
- No estar condenado/a o incurso/a en causas relativas a violencia de género.
- No tener antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual.
Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias y gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y mientras se permanezca en la lista de espera. Si se trata de títulos obtenidos en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para las plazas que se opten, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Sigüenza-Guadalajara-, y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento (en horario de 9 a 14:00 horas) o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP. en Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y sede electrónica del Ayuntamiento de Sigüenza.
Cualquier forma de presentación que no sea directa en el Registro de Entrada municipal requerirá el envío simultáneo, con la misma fecha de presentación, de correo electrónico dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Sigüenza a la dirección electrónica ayuntamiento@sigüenza.es
Las bases de las pruebas selectivas, así como las correspondientes convocatorias, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento de Sigüenza.
La solicitud deberá ir acompañada por:
- Obligatorio
- Instancia de solicitud (ANEXO I).
- Fotocopia del DNI (NIE para ciudadanos/as de la UE o TIE en los demás casos de extranjeros/as) o, en su caso, pasaporte
- Fotocopia del carnet de conducir
- Fotocopia de la Titulación exigida en las Base 3 e). En su caso, será válido el certificado de haber abonado los derechos para la expedición del correspondiente título, acompañado del certificado de expediente académico
- Currículum Vitae actualizado.
- Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual
- Voluntario
- Vida laboral actualizada
- Copia de la documentación acreditativa de los méritos que deban ser valorados en la fase de concurso: Contratos de trabajo, certificados de empresa, etc.
La no aportación de la documentación a acreditar dentro del plazo de presentación de instancias determinará la imposibilidad de valorar y computar tales méritos. No se puntuarán los méritos que no se acrediten documentalmente.
El/la participante en el proceso selectivo que falseara la información aportada o no pudiera acreditar los requisitos de participación, será excluido/a del mismo.
Se autorizará a que la Administración compruebe la veracidad de los datos aportados junto a la solicitud.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias para las plazas ofertadas, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de CINCO DIAS HÁBILES, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios y Sede Electrónica del Ayuntamiento. El cómputo de plazos lo determinará la publicación en el tablón de edictos, Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento. Se señalará un plazo de CINCO días hábiles para subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia, en la Sede Electrónica y Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Los sucesivos anuncios se publicarán en el Tablón de anuncios de la Sede del Tribunal de selección que será la Sede e Electrónica y en el Tablón de anuncios municipal.
En la misma publicación se hará constar el día y hora en que se celebre el ejercicio teórico, así como la composición del Tribunal Calificador.
SEXTA. Tribunal Calificador
El tribunal calificador será designado por la Alcaldía del Ayuntamiento de Sigüenza, ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad.
Estará compuesto por: Presidencia, Secretaría y tres vocales.
La composición del órgano de selección incluirá también la de sus respectivos/as suplentes, que se designarán a la par que sus titulares.
En caso de estimarlo necesario, el tribunal podrá recabar la asesoría técnica de personal cualificado, que tendrá voz, pero no voto, limitándose a cumplir la función para la que sea designado, asesorando al tribunal en el momento y sobre las cuestiones que específicamente éste les plantee.
La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los/as miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
El proceso selectivo a realizar será el de concurso-oposición consistente en la celebración sucesiva de los sistemas de oposición y de concurso. La puntuación total del proceso selectivo será de 100 puntos.
1ª FASE. - OPOSICIÓN. Puntuación máxima 60 puntos.
La fase de oposición estará constituida por un ejercicio teórico que consistirá en contestar a un cuestionario tipo test de 30 preguntas más 3 de reserva, que versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo II a estas bases, en un tiempo máximo de 30 minutos. Las preguntas tendrán cuatro alternativas de respuesta, de las que sólo una será correcta. Cada pregunta correctamente contestada será evaluada con 2 puntos, penalizándose con -0,5 puntos las respuestas incorrectas y no puntuándose las preguntas sin contestar.
Esta prueba no será eliminatoria.
Las personas aspirantes del proceso de selección deberán acudir provistos del DNI /NIE (o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir) que deberán conservar durante el desarrollo de todas las pruebas a disposición del Tribunal. También deberán acudir con bolígrafo de tinta azul.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
El orden de actuación de los/as aspirantes en los ejercicios de la fase de oposición, si no se pudiera realizar de forma simultánea, se iniciará por orden alfabético empezando por aquél cuyo primer apellido empiece por la letra la «Y» de conformidad con lo preceptuado por Resolución de 26 de noviembre de 2020 de la Dirección General de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se determina que el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “Y”. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “Y”, el orden de actuación comenzará por la letra “Z”, y así sucesivamente
2ª FASE. - CONCURSO. Puntuación máxima 40 puntos.
No tiene carácter eliminatorio y sólo se valorarán los méritos de aquellos/as aspirantes que hayan participado en la fase de oposición.
La valoración de los méritos se realizará en base a los siguientes conceptos y puntuaciones:
A) Formación (máximo 10 puntos)
-Titulaciones de posgrado relacionadas con promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, prevención de violencia de género y atención a las víctimas:
- Doctorado o master universitario: 3 puntos.
- Experto universitario y curso de posgrado: 2 puntos. Con un máximo de 5 puntos
- Por estar en posesión de las dos titulaciones universitarias requeridas en la base TERCERA, punto e) o de otra titulación universitaria relacionada con el puesto de trabajo: 2.5 puntos.
- Cursos de formación: se valorarán aquellos cursos, de formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas con la actividad a desarrollar, impartidos por Instituciones Públicas u homologadas oficialmente para la impartición de actividades formativas, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua cuyo contenido tenga relación directa con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo. Se otorgarán las siguientes puntuaciones:
DURACIÓN
PUNTUACIÓN
De 20 a 70 horas 0.20
De 71 a 300 horas 0.50
De 301 horas en adelante: 1
Con un máximo de 2.5 puntos.
No se puntuarán aquellos cursos en los que no conste el número de horas.
No se valorará la formación realizada para la obtención de la titulación exigida en la base 3 apartado e) de las presentes bases.
B). - Experiencia Profesional. 30 puntos
Se puntuará la experiencia laboral:
1.- Trabajos realizados en el área social en Centro de la Mujer o Recurso de Acogida de Castilla La Mancha, con 0.25 por mes trabajado, hasta un máximo de 15 puntos.
2.- Trabajos realizados en el área social en un recurso público o privado relacionado con promoción de la igualdad o atención a víctimas de violencia de género, con 0.20 por mes trabajado, hasta un máximo de 10 puntos.
3.- Trabajos realizados como Trabajador/a social o Educador/a social, en instituciones públicas o privadas, o por cuenta propia, con 0.15 por mes trabajado, hasta un máximo de 5 puntos
Por mes completo se entenderán treinta días naturales y a estos efectos se computará la suma de todos los periodos prestados, pero no se computará o sumarán los días que resten después del cálculo.
La acreditación de los méritos precedentes se efectuará aportando:
- Contrato laboral o certificado de empresa en la que conste el periodo de prestación de servicios y la categoría y calificación profesional realizada.
- En trabajos por cuenta propia la declaración del IAE y, en su caso, mediante la presentación de la declaración de rendimientos pro actividades económicas profesionales de IRPF.
- En ambos casos, se presentará certificado de Vida laboral expedido por la Seguridad Social actualizado.
OCTAVA. Relación de aprobados/as
Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados/as por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, Sede Electrónica y en la página web, precisándose que el número de aprobados/as no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación.
Los/as aspirantes propuestos/as aportarán ante la Administración (Secretaría de la Corporación), dentro del plazo de cinco días naturales desde que se publican en el tablón de edictos y en la Sede Electrónica Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
En caso de empate en la puntuación de dos o más aspirantes, el orden de prelación entre los/as mismos/as se determinará en función del número de meses trabajados en centros de mujer o recurso de acogida de Castilla La Mancha. En caso de persistir el empate, se resolverá por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados/as, comenzando por la «Y» de conformidad con lo preceptuado por Resolución de 26 de noviembre de 2020 de la Dirección General de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se determina que el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “Y”. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “Y”, el orden de actuación comenzará por la letra “Z”, y así sucesivamente
NOVENA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo
Todas las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, sustituciones por vacaciones, ordenadas según la puntuación obtenida.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del/a aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
DÉCIMA. Incidencias
En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en la Ley 7/85, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/99 y la Ley 57/2003, en el R. D. Legislativo 781/86 de 18 de abril, en el RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el R. D. 364/95, en el R. D. 896/91, y en la Ley de 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla – La Mancha.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web del ayuntamiento (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En Sigüenza a de 12 febrero de 2021, Fdo; La Alcaldesa Mª jesús Merino Poyo
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACION EN EL PROCESO SELECTIVO
D./Dª …………………………………………............... con DNI n.º ...................... y domicilio a efectos de notificación en .................................................................................……………… Con número de teléfono ……………………………. y correo electrónico………………………………..
EXPONE
PRIMERO:
Que vista la convocatoria anunciada el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º .......... de fecha ............ en relación con la convocatoria y bases de selección para la contratación de técnico/a adscrito al área social itinerante para el medio rural del Centro de la Mujer de Sigüenza, así como proceder a la creación de una bolsa de trabajo mediante el sistema de concurso-oposición, conforme a las bases que se publican, en el mismo Boletín, deseo tomar parte en el proceso selectivo.
SEGUNDO. Que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.
TERCERO. Que declaro conocer las bases generales de la convocatoria.
CUARTO: Que aporto la siguiente documentación:
- Copia del DNI, NIE
- Copia del permiso de conducir
- Copia compulsada de la titulación exigida en la base 3 g)
- Currículum vitae actualizado
- Certificado de delitos de naturaleza sexual
- Certificado de vida laboral actualizado
- Copia compulsada de los méritos que deban ser valorados en la fase de concurso
Por todo lo cual, SOLICITO que, admita la presente instancia para participar en las pruebas de selección de personal referenciada.
En Sigüenza, a ………….... de ............................ de 2021.
El Solicitante,
Fdo.: ................................................................
ANEXO II
TEMARIO GENERAL
Tema 1.- Constitución Española: Principios Generales. Derechos y Deberes fundamentales.
Tema 2.- Ley 22/2002, de creación del Instituto de la Mujer en Castilla La Mancha. Y normativa relacionada que regule y desarrolle el funcionamiento del Instituto de la mujer de Castilla La Mancha.
Tema 3.- Ley orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Tema 4.- Las Políticas de Igualdad en Castilla La Mancha. Ley 12/2010 de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla la mancha. II Plan estratégico para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla la mancha 2019-2024.
Tema 5.- Ley orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Tema 6.- Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una sociedad libre de violencia de género en Castilla-La Mancha.
Tema 7.- Pacto de estado contra la violencia de género. Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Tema 8.- Marco normativo de Naciones Unidas y Comunidad Europea, referido a la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
Tema 9: El principio de igualdad a través de las conferencias internacionales de las mujeres. La declaración de Beijing de 1995.
Tema 10.- Trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Prostitución. Definiciones. Dimensiones y características. Prostitución y trata y vinculación con violencia de género. Los clientes/prostituyentes. Los proxenetas. Impacto y consecuencias psicosociales de la trata y la prostitución en las mujeres. Plan integral de lucha contra la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual.
Tema 11.- El tratamiento de los datos personales. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Tema 12.-Recursos y Programas en materia de igualdad. Los centros de la Mujer, organización y competencias. Recursos de Acogida, Programas y prestaciones en materia de violencia de género.
Tema 13. El sistema SEXO / GÉNERO. La construcción social de la desigualdad a través de la socialización: femenino versus masculino.
Tema 14.-. El impacto de género en las políticas regionales y municipales. Situación de las mujeres en Castilla la Mancha, variables socio- económicas, de salud, formativa, laboral, de representación política y puestos de decisión y, sobre violencia de género.
Tema 15.- Mainstreaning o transversalidad de Género. Marco conceptual y metodología. El movimiento social feminista de reivindicación de derechos. Historia y evolución.
Tema 16.-Definición y conceptualización de la violencia de género. Modelos explicativos: la desigualdad de género como causa de la violencia de género. Manifestaciones y formas de la violencia de género.
Tema 17.- Las nuevas tecnologías de la información y comunicación: competencias digitales en el uso y gestión eficiente de los recursos y herramientas digitales.
Tema 18.- El lenguaje en la construcción de la identidad personal y social. Uso del lenguaje inclusivo y no sexista. Comunicación institucional no sexista y a favor de la igualdad.
TEMARIO ESPECÍFICO AREA SOCIAL
BLOQUE TEMÁTICO 1.- Género y área social. Aplicación de la perspectiva de género en el proceso de evaluación e intervención. La sensibilización y formación en igualdad de los distintos grupos sociales: red empresarial, representantes políticos, representantes sindicales, población inmigrante, juventud, familia, personas mayores, personas con discapacidad.
BLOQUE TEMÁTICO 2.- Aplicación de la promoción de la igualdad. Caracterización del entorno de intervención desde la perspectiva de género. Diseño de estrategias para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Organización de acciones, control y seguimiento para informar y sensibilizar sobre igualdad. Mecanismos de sensibilización y apoyo para la incorporación de un modelo coeducativo en los centros escolares.
BLOQUE TEMÁTICO 3.- Caracterización de la participación social igualitaria de las personas. Diseño de estrategias para promover la participación social y empoderamiento de las mujeres, fomento de asociacionismo de mujeres y otras asociaciones por la igualdad. Creación de redes con las instituciones y agentes sociales que favorezcan la incorporación plena de la mujer en el entorno social. Derecho de Asociación. Procesos para la creación de asociaciones. Realización de actuaciones de apoyo y soporte técnico al tejido asociativo. Información y orientación en recursos.
BLOQUE TEMÁTICO 4.- Diseño de proyectos comunitarios con perspectiva de género. Desarrollo de estrategias de intervención en procesos grupales, en procesos de acompañamiento y asesoramiento a mujeres. Promoción de la participación ciudadana en la construcción de procesos comunitarios. Estrategias y aplicación de recursos para promover la comunicación entre agentes comunitarios. Creación de redes con las instituciones y agentes sociales, que favorezcan la incorporación plena de la mujer en el entorno social. Los Consejos Locales de Igualdad. Técnicas de comunicación social. Desarrollo de procesos de mediación comunitaria. Resolución de conflictos.
BLOQUE TEMÁTICO 5.- Legislación actual en materia de Servicios Sociales y Protección Social. Red de recursos, programas y servicios en Castilla-La Mancha, en especial los recursos sociales. Coordinación intersectorial. Red de recursos y servicios públicos en Castilla-La Mancha. Servicios. Programas de Atención a la Familia de la Consejería de Bienestar Social de la JCCM. Centros de Mediación e Intervención Familiar. Puntos de Encuentro Familiar.
BLOQUE TEMÁTICO 6.-. Corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar, personal y profesional. Legislación actual sobre la corresponsabilidad y la conciliación de responsabilidades personales, familiares y profesionales. Recursos y servicios para la conciliación en el municipio.
BLOQUE TEMÁTICO 7.- Programas de sensibilización y atención, a víctimas de violencia de género, programas de prevención y atención de menores víctimas de violencia de género. Adecuación de la prevención de la violencia de género a las circunstancias específicas del medio rural. Los recursos de acogida para mujeres y sus hijos víctimas de violencia de género, características, modelo y estrategias de intervención. Otros recursos sociales para las VVG, Dispositivos de protección. Recursos económicos. Empleo. Vivienda.
BLOQUE TEMÁTICO 8.- Modelo de organización y de intervención de los centros de la mujer. Objetivos. Áreas de intervención profesional, equipos multiprofesionales y trabajo interdisciplinar. El Área social Itinerante para el medio rural de los Centros de la Mujer, objetivos y funciones.
En a, de marzo de 2019
Firma
Segundo. – Convocar las pruebas selectivas para la provisión de las plazas referenciadas.
Tercero. - Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios, en la página web del Ayuntamiento de Sigüenza, así como en su Sede Electrónica.